Hoy: 23 de noviembre de 2024
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja ha rechazado la solicitud de incapacidad permanente presentada por una ayudante de cocina que sufre un trastorno depresivo agravado tras un accidente doméstico en 2018. En dicho accidente, la trabajadora sufrió quemaduras con aceite hirviendo en la mano derecha, lo que resultó en la amputación de dos dedos.
Inicialmente, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en La Rioja denegó la solicitud de incapacidad, argumentando que las lesiones no afectaban de manera significativa su capacidad laboral. Esta decisión fue ratificada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Logroño.
En su recurso, la defensa de la trabajadora presentó un informe médico que detallaba una serie de patologías adicionales, incluyendo problemas en la rodilla derecha, el hombro izquierdo y una dolencia lumbar, además del trastorno mixto ansioso-depresivo. La defensa alegó que todas estas condiciones, junto con la amputación parcial de dos dedos de la mano derecha, las limitaciones psiquiátricas y otros síntomas como episodios vagales y adicción al alcohol, limitaban gravemente la capacidad de la trabajadora para desempeñar su trabajo.
No obstante, el TSJ de La Rioja ha concluido que, aunque la trabajadora presenta limitaciones funcionales debido a sus patologías, estas no anulan su capacidad laboral, considerándolas compatibles con su labor como ayudante de cocina. El tribunal señala que “tales dolencias, por el momento, y a la vista de las pruebas que obran en las actuaciones, no evidencian secuelas o limitaciones importantes.”
En cuanto a los problemas derivados del consumo de alcohol y las afecciones psiquiátricas, los magistrados han destacado que la trabajadora ha mostrado una evolución favorable tras su tratamiento en Proyecto Hombre y que sigue un tratamiento ambulatorio. Respecto a su patología psiquiátrica, aunque persisten síntomas de apatía, tristeza y anhedonia, no se observan síntomas afectivos mayores.
El tribunal concluye que, en el estado actual, la demandante puede continuar desempeñando su trabajo, ya que las cargas físicas, biomecánicas, mentales y de atención requeridas son compatibles con su estado de salud.