Multan a un casero con 4.000 euros por instalar una cámara de vigilancia en la vivienda sin saberlo el inquilino

25 de septiembre de 2023
1 minuto de lectura
La AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) ha impuesto una multa de 4.000 euros a un propietario que alquilaba una habitación.
Cámara de vigilancia en una cas. | Pexels

La AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) ha impuesto una multa de 4.000 euros a un propietario que alquilaba una habitación por instalar una cámara de vigilancia en la cocina sin el conocimiento ni el consentimiento del inquilino.

Esta acción fue considerada una violación del artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que se refiere a la legalidad del procesamiento de datos, según Confilegal.

El arrendador estaba monitoreando la privacidad del inquilino sin una justificación legítima para hacerlo. Una vez que el afectado descubrió esta intrusión, presentó una queja ante la AEPD y proporcionó pruebas que incluían una imagen de la cámara, una conversación con el propietario y un recibo de alquiler de la habitación que incluía el uso de la cocina.

La AEPD solicitó explicaciones al propietario, pero este no proporcionó ninguna respuesta sobre la presencia de la cámara en cuestión.

El artículo 18 de la Constitución Española establece que «la ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos».

La AEPD enfatizó que, aunque la finalidad general de las cámaras de vigilancia es la protección de bienes y personas, es necesario tomar precauciones al instalarlas, ya que su presencia puede chocar con otros derechos fundamentales en juego.

Los particulares son responsables de asegurarse de que los sistemas instalados cumplan con la legalidad vigente. En este caso, se consideró que el propietario instaló las cámaras aparentemente por motivos de seguridad, pero afectó la zona de intimidad de su arrendatario y sus datos personales.

La cuantía de la multa se determinó teniendo en cuenta que el propietario no tenía antecedentes de sanciones, a pesar de que la cámara tenía el potencial de grabar conversaciones.

Ante la ausencia de alegaciones por parte del propietario y su falta de respuesta a la reclamación del inquilino, se consideró apropiada una multa de 4.000 euros. Esta multa es susceptible de apelación ante la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional.

Responder

Your email address will not be published.

No olvides...

Errejón y Mouliaá tendrán que entregar sus móviles este semana en el juzgado para que se analicen

La Justicia mueve ficha contra Íñigo Errejón y admite otra denuncia por presunta agresión sexual

La denunciante sitúa la presunta agresión en el domicilio del exdiputado en octubre de 2021 El Juzgado de Violencia sobre…

Se busca desde el viernes a una mujer caída al río en Asturias

Guardia Civil, bomberos y voluntarios reanudan el operativo en el río Nalón para localizar a la desaparecida de 56 años…
Un frente de lluvias barre la península, el primero de varios

Una nueva dana amenaza con lluvias, nieve y fuerte oleaje

Seis comunidades estarán en aviso por precipitaciones, nevadas y mala mar mientras un frente atlántico podría aislarse y formar una…

Los presidentes autonómicos de siete comunidades verán incrementado su salario en 2026

Madrid, Canarias o Galicia han optado por la congelación salarial de sus presidentes…