El Registro de Gran Canaria rechaza el cambio de sexo de un sargento del Ejército del Aire: el objetivo era ascender de rango

28 de septiembre de 2023
1 minuto de lectura
El magistrado al frente del Registro Civil de Las Palmas de Gran Canaria emitió un auto el pasado 18 de septiembre rechazando la solicitud de cambio de sexo de un sargento del Ejército del Aire.
Agentes del Ejército del Aire. EA

El magistrado al frente del Registro Civil de Las Palmas de Gran Canaria emitió un auto el pasado 18 de septiembre rechazando la solicitud de cambio de sexo de un sargento del Ejército del Aire. El sargento había presentado la solicitud en busca de beneficios laborales que le permitieran promocionar a subteniente a través de la vía de mujer.

Según se detalla en el auto facilitado a Confilegal, la intención del solicitante no era acogerse a los supuestos contemplados en la llamada Ley Trans, sino beneficiarse de las ventajas relacionadas con la discriminación positiva por género, es decir, acceder a un ascenso en su ámbito laboral de manera ventajosa.

El magistrado, después de citar al sargento para ratificar su solicitud, llegó a la conclusión de que no era posible determinar con suficiente certeza que la finalidad perseguida en la petición se ajustara al objetivo de la ley.

El solicitante no había experimentado un cambio físico, no solicitó el cambio de su nombre, se refería a sí mismo en masculino y no mostraba ninguna expresión de género en relación con las expectativas sociales, su vestimenta o el uso de pronombres diferentes. Además, el sargento manifestó que se sentía mujer, pero no deseaba que lo trataran como tal hasta que se modificara oficialmente su sexo.

El magistrado también destacó que el solicitante no estaba familiarizado con los colectivos de apoyo a personas trans y afirmó no necesitar apoyo psicológico, expresando su deseo de promocionar a subteniente debido a su profesión en el Ejército del Aire.

El auto subraya que la principal reforma de la legislación, conocida como la Ley Trans, no exige cambios físicos, tratamientos médicos o diagnósticos de disforia de género para reconocer la identidad de género de una persona. Sin embargo, el uso de la norma para obtener beneficios diferentes a los previstos en la ley se considera fraudulento y contrario al ordenamiento jurídico, con un especial desprecio a la dignidad de las personas transgénero.

La decisión judicial refleja la complejidad y los desafíos que rodean las solicitudes de cambio de sexo para beneficios laborales en España.

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