Difundir vídeos en Internet sin permiso sale caro: 6.000 euros el de una agresión y 10.000, de una borrachera

27 de agosto de 2024
1 minuto de lectura
borracho | Fuente: Confilegal
borracho | Fuente: Confilegal

La Agencia Española de Protección de Datos recalca el compromiso de proteger la privacidad y la reputación de las personas en redes sociales

Publicar un vídeo en Internet sin permiso puede costarle caro, tanto como miles de euros. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha reafirmado su compromiso de proteger la privacidad y la reputación de las personas en redes sociales, donde cada vez es más común encontrar contenido que vulnera estos derechos, según Confilegal.

El 27 de junio de 2024, la Audiencia Nacional ratificó una multa de 6.000 euros impuesta a un usuario de X (anteriormente Twitter) por difundir un vídeo que mostraba una agresión en el País Vasco, en el que tanto la víctima como su hijo menor eran claramente identificables.

El incidente, que ocurrió en diciembre de 2021, generó una considerable atención en redes sociales, alcanzando 190 retuits y 209 ‘me gusta’. La AEPD concluyó que la difusión del vídeo vulneró la privacidad de los involucrados, a pesar de que la plataforma no consideró que violara sus políticas. El sancionado, que argumentó que no pudo ver el vídeo durante el proceso de sanción y que no se aportaron pruebas de que la mujer no diera su consentimiento, recurrió la multa ante la Audiencia Nacional, pero su recurso fue rechazado.

El tribunal sostuvo que el usuario no pudo demostrar que la publicación fuera una actividad doméstica, lo que habría excluido la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Además, los magistrados señalaron que, durante el proceso administrativo, el sancionado había alegado que su intención era ejercer su derecho a la libertad de información, evidenciando su propósito de difundir el contenido ampliamente.

Vídeo de una persona borracha

En un caso separado, en septiembre de 2023, la AEPD sancionó con 10.000 euros a un usuario por grabar y difundir masivamente un vídeo de una persona en estado de embriaguez, sin su consentimiento. El vídeo, que fue ampliamente compartido en diversas plataformas como Facebook, Instagram, y YouTube, mostraba al individuo claramente reconocible y en una situación vulnerable, lo que llevó a la AEPD a ordenar su retirada de internet.

Estos casos subrayan la importancia de la responsabilidad en el uso de las redes sociales y la necesidad de respetar la privacidad de las personas, así como las consecuencias legales de no hacerlo.

Responder

Your email address will not be published.

No olvides...

Ryanair advierte de que 2027 será el primer año sin crecimiento en España por el aumento de las tasas aeroportuarias

Países como Croacia, Albania o Marruecos aparecen ahora como destinos más atractivos para la inversión de la compañía.…

El chófer de Carlos Mazón evita declarar en el Congreso sobre la DANA y niega haber recibido presiones

El conductor explicó que ya había cumplido con su obligación al declarar previamente ante la justicia en el marco de…

El Papa invita a la arzobispa de Caterbury a «superar las diferencias» por «muy irreconciliables que parezcan»

Durante su discurso, el Papa León XIV fue contundente al señalar que las diferencias entre confesiones cristianas debilitan la capacidad…

Santamaría respalda a Rajoy y se desmarca de la Kitchen: “Lo supe por la prensa”

Asegura en la Audiencia Nacional que no tuvo conocimiento del operativo ni habló del caso Kitchen con Rajoy La exvicepresidenta…