Hoy: 23 de noviembre de 2024
Un juzgado de lo contencioso-administrativo de Tarragona ha admitido a trámite una demanda presentada por el sindicato USPAC de los Mossos d`Escuadra contra la Generalitat de Cataluña por negarse a abonar el importe correspondiente a las horas extras de un agente que falleció de cáncer.
En el acuerdo alcanzado entre Mossos y Gobierno catalán se especifica que la Generalitat sólo abonará las horas extras a los agentes a razón de hora trabajada por cada hora libre. Para llevar el control de las horas trabajadas y libres de cada agente se establecieron dos conceptos: uno correspondiente a las horas extras que se cogían de inmediato, y otro que se denomina ‘Romanent’ que son horas acumuladas que quedan tras tomarse las horas de inmediato.
Según la información a la que ha tenido acceso FUENTES INFORMADAS, el agente fallecido permaneció de baja laboral por un tumor cancerígeno desde el 28 de octubre de 2020 hasta el 8 de octubre de 2021, prácticamente un año, momento en el que falleció. En ese momento el agente disponía de 396 horas acumuladas y no disfrutadas por motivo de su baja laboral, además de 146 horas por asuntos propios y vacaciones correspondientes a los años 2016/17, 2020/21 y 2021/22.
El año pasado su viuda solicito al departamento de Interior del Gobierno catalán el importe correspondiente a los atrasos en horas extras adeudados a su marido. Sin embargo, tras la solicitud de su viuda, la Generalitat solo le abonó el importe correspondiente a las vacaciones.
Para que el agente fallecido pueda percibir sus horas extras trabajadas y no cobradas, por estar de baja laboral, el sindicato USPAC ha monetizado esas horas extras. El sindicato ha dividido el salario anual de un agente de su categoría entre las 1.680 horas al año que trabaja un miembro de su unidad y de ahí extrae el precio de la hora a 23,11€ brutos; para, después, multiplicar ese precio por las 542 horas extras acumuladas durante los tres años policiales sin abonar. El resultado final es que la Generalitat adeuda a la viuda del agente 12.550 euros.
El abogado José Antonio Bitos Rodríguez solicita al juzgado, en primer lugar, que reconozca a la viuda del agente fallecido como heredera de los bienes de su marido. Y explica a los jueces que la no remuneración del trabajo realizado “comportaría la vulneración del derecho, amparado constitucionalmente, al trabajo y al salario, amén del derecho fundamental a la dignidad de la persona; y del derecho individual a la retribución del servicio conforme la normativa vigente en materia de función pública”.
El sindicato USPAC afirma que se produciría un “enriquecimiento injusto de la Administración al obtener esta un beneficio mediante la prestación de servicios por parte de un funcionario”.