Sobre el Tratamiento Individualizado. (3) El art. 59 de la LOGP establece que:1º.- El tratamiento penitenciario consiste en el conjunto de actividades directamente dirigidas a la consecución de la reeducación y reinserción social de los penados. Como ampliación de este maravilloso artículo,
Frente a la insensatez diaria, ante la falta de honestidad y de criterio que alumbre un poco este pasadizo de sombras, el duende quiere revestirse hoy de trascendencia para conjurar con afanes intensos a la esperanza. Un testigo oyó decir al cardenal
La cantante visitó el programa 'El Hormiguero' el miércoles 20 de septiembre para disfrutar y compartir anécdotas con Pablo Motos. Cada vez que asiste, la joven se divierte como una niña y comparte muchas historias