La Audiencia Nacional rechaza investigar a Amadeo Lladós por estafa y otros delitos

6 de septiembre de 2024
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El influencer Amadeo Lladós | Fuente: EP
El influencer Amadeo Lladós | Fuente: EP

El ‘influencer’ es acusado de engañar a sus seguidores mediante la venta de cursos en línea en los que promete que se harán millonarios

El juez José Luis Calama ha rechazado la querella presentada por nueve personas contra el influencer Amadeo Lladós por delitos de estafa agravada, odio y organización criminal, debido a que la Audiencia Nacional carece de competencia en este caso.

La querella acusaba a Lladós, conocido en redes sociales como Llados o Lladosfitness, de engañar a sus seguidores mediante la venta de cursos en línea, prometiendo que se harían millonarios.

Según la querella, Lladós es el propietario de un portal de internet llamado Salatu1millon, donde vende cursos que supuestamente harían ricos a sus suscriptores, una promesa que los denunciantes consideran falsa. Para atraer a sus víctimas, el influencer proyecta una imagen de éxito y riqueza, exhibiendo productos de lujo como coches, yates, relojes, y rodeándose de mujeres, prometiendo que sus clientes podrán alcanzar un estilo de vida similar si contratan su curso. Además, los querellantes afirman que Lladós asegura falsamente que sus cursos otorgan un título legítimo.

Los denunciantes también acusan a Lladós de incrementar constantemente los pagos que exige a sus clientes, llegando a cantidades de hasta 10.000 euros, utilizando lo que describen como «coacciones veladas». Asimismo, denuncian que Lladós ofrece a sus clientes la posibilidad de obtener comisiones o descuentos si promueven sus productos en redes sociales, con el fin de atraer a más personas.

La querella no es suficiente

En su resolución, el magistrado Calama indica que los supuestos delitos de odio y asociación ilícita están claramente fuera del ámbito de competencia de la Audiencia Nacional, según la Ley Orgánica del Poder Judicial. Respecto al delito de estafa, señala que aunque los hechos podrían constituir una defraudación, para que el caso sea competencia de la Audiencia Nacional deberían cumplirse ciertas condiciones, como un perjuicio significativo a la economía nacional o la existencia de un número considerable de víctimas en más de una provincia.

El juez explica que la cuantía de la supuesta defraudación no está claramente determinada, ya que la querella no especifica las cantidades exactas pagadas por los denunciantes, salvo algunos montos que van desde 50 hasta 1.800 euros, lejos de los siete millones de euros que el Tribunal Supremo considera necesarios para que el caso sea competencia de la Audiencia Nacional. Además, señala que la querella, presentada por solo nueve víctimas, no es suficiente para justificar la intervención de este tribunal.

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