Hoy: 23 de noviembre de 2024
Los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid han acordado por unanimidad aceptar el desalojo cautelar ante los casos de okupación. Este acuerdo permitirá, además, la restitución del inmueble en aquellos supuestos en los que se aprecien indicios de un delito de allanamiento o usurpación y se verifiquen efectos perjudiciales para el legítimo poseedor.
Ante este acuerdo, que se alcanzó en la Junta Sectorial celebrada el pasado viernes, los magistrados han adoptado la decisión de que dicha medida afecte tanto si el sujeto pasivo es una persona física como si se trata de una persona jurídica de naturaleza pública o privada.
La decisión se ha tomado “sin perjuicio de que cuando se observe una situación de especial vulnerabilidad en las personas que ocupan el inmueble (menores, personas con discapacidad, etc.) de forma simultánea se dé traslado a los servicios sociales a fin de que adopten las medidas oportunas para su protección, facilitando las soluciones que procedan”.
Los jueces han tenido en consideración no sólo a las víctimas o perjudicados por los okupas, sino también a los vecinos a los que el delito pueda suponer un problema directo en el pleno disfrute de sus derechos.
Según los últimos datos registrados por el Ministerio del Interior, España acumula un total de 9.949 denuncias por okupaciones de viviendas en este último año y medio. De ellas, 3.646 estaban habitadas y 5.803 estaban vacías. Estas cifras equivalen a una media de 523 denuncias al día.
La Comunidad de Madrid encabeza el número de denuncias tanto de viviendas habitadas como vacías. Le siguen las zonas costeras como Valencia, Málaga, Sevilla, Murcia, Barcelona, Alicante y las Islas Baleares.
Sin embargo, el Gobierno ya señaló que “las denuncias por okupación, sin diferenciar entre allanamiento y usurpación de viviendas han bajado entre un 7 y un 10% en lo que va de 2022“.