Hoy: 23 de noviembre de 2024
El Gobierno de Mariano Rajoy logró con sus dos nombramientos en junio de 2013 -Enrique López, magistrado afín al Partido Popular, y Pedro González-Trevijano, rector de la Universidad Rey Juan Carlos y catedrático de Derecho Constitucional- la mayoría del Tribunal Constitucional (TC) -siete magistrados del sector conservador contra cinco del progresista- en tiempo récord.
Tuvo un percance un año más tarde, el 1 de junio de 2014, cuando López, en moto, se saltó un domingo a las 7:30 de la mañana un semáforo en rojo en el madrileño paseo de la Castellana, y dio positivo con 1,10 miligramos de alcohol por litro de aire aspirado (contra el límite legal de 0,25 mg/l). López fue sustituido por el entonces teniente fiscal del Tribunal Supremo, Antonio Narváez.
El mandato de nueve años de González-Trevijano lleva vencido, pues, desde el pasado 12 de junio. ¿Se hacen ustedes una idea de los titulares amarillentos en las portadas de los medios del sindicato de la derecha mediático-judicial si un presidente saliente del TC, elegido por una mayoría progresista, con su mandato vencido, rechaza convocar el Pleno de verificación, previsto por la ley del TC, del acuerdo por el que se ha nombrado a su sustituto por parte del Gobierno del PP o de PP-Vox?
¿A qué viene este supuesto? Pues al hecho de que hay razones objetivas y subjetivas para que el presidente del TC se hubiera abstenido el pasado miércoles 30 de noviembre cuando el Gobierno solicitó formalmente -certificación mediante- al presidente González-Trevijano la citación del preceptivo Pleno de verificación de los dos candidatos propuestos –el magistrado y exministro Juan Carlos Campo y la exdirectora general y catedrática de Derecho Constitucional Laura Díez-, en lugar de bloquear su convocatoria.
¿No debió, en todo caso, expresar a los nueve magistrados presentes –Ricardo Enríquez y Enrique Arnaldo iban a ausentarse y decidieron acudir para que el grupo conservador no quedase en minoria- que habiendo sido nombrado su sustituto en la persona de uno de los dos candidatos propuestos y estando vencido su mandato desde hace casi seis meses, lo más apropiado era aplicar el artículo 4 del reglamento del TC que da al presidente la facultad de convocar el Pleno de oficio o a hacerlo a petición de al menos tres magistrados, como fue el caso?
Pedro González-Trevijano, al responder a las recomendaciones del sindicato mediático-judicial –un grupo de presión de medios y jueces y magistrados-, quizá no haya valorado que está incurriendo en una prolongación indebida de funciones -anteriormente delito del 374 del Código Penal, referido al funcionario que siga ejerciendo su cargo cuando tendría que cesar de acuerdo con la ley-, y aunque haya sido cambiado por el de usurpación, y el delito apuntado haya desaparecido, ¿cómo describir lo que está haciendo si no como una prolongación indebida de funciones?
El hecho es que el presidente del TC se opuso y vino a decir a sus colegas que daba igual retrasar la convocatoria hasta que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) nombre el próximo 22 de diciembre a los dos candidatos que le corresponde. “¿Qué más da?”, afirmó. Problema: el TC no tiene ninguna facultad para instar al CGPJ a realizar dichos nombramientos. Y, por otra parte, tenía que dar alguna respuesta al Gobierno, en lugar de ningunearle.
Es verdad que el presidente del TC podría decir “el que avisa no es traidor“, esto es, ya desde junio pasado ha trasladado mensajes al Gobierno y a la ministra de Justicia, Pilar Llop, en el sentido de que no se le pasara por la cabeza a Sánchez nombrar unilateralmente, al margen del CGPJ, a los dos magistrados -uno precisamente, mira por dónde, en sustitución suya- porque el Pleno del TC de mayoría conservadora no les daría posesión. Amenazaba pues con el enfrentamiento.
La sentencia “estelar” de González-Trevijano en el TC ha sido la declaración de inconstitucionalidad del decreto de alarma del Gobierno sobre la pandemia. Hasta septiembre de 2020, los miembros del TC tenían informes sobre lo que sería la ponencia del magistrado a quien había tocado hacerla: Fernando Valdés Dal Ré.
Su ponencia, redactada sobre la base del trabajo del letrado Javier Jiménez Campos, catedrático de derecho constitucional y ex secretario general del TC desestimaba el recurso de Vox. Pero Valdés renunció al TC y la ponencia recayó en González-Trevijano.
El nuevo ponente cambió de letrado y se tomó seis meses para elaborar la suya. González-Trevijano recomendó contratar en régimen de adscripción temporal al catedrático de Derecho Constitucional, Ángel Sánchez Navarro, y más tarde le encargó el borrador de la ponencia del estado de alarma. Sánchez Navarro fue vocal asesor en el Departamento de Parlamento e Instituciones del gabinete del presidente de Gobierno José María Aznar, entre 2000 y 2002.
Sustituyó así Sánchez Navarro en el trabajo de la ponencia al letrado Jiménez Campos. Y el borrador y la nueva ponencia sostuvieron que si bien las medidas del confinamiento y las restricciones de ocio y actividad comercial habían sido necesarias, en línea con las instrucciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el confinamiento domiciliario decretado por el Gobierno y aprobado por el Congreso era inconstitucional porque se suspendió el derecho fundamental de la libre circulación -no se limitó simplemente- y para ello se debía haber declarado el estado de excepción. Cargarse el artículo clave del decreto ley -el número 7, sobre el confinamiento domiciliario-, expresó la intención de la mayoría conservadora de propinar uno de los varapalos mensuales -así lo llamaba el sindicato mediático-judicial- al Gobierno. El borrador de la sentencia fue meticulosamente filtrado a la prensa antes de la votación, en septiembre de 2021.
González-Trevijano entró cabalgando sobre esta sentencia a la Presidencia del TC. Y consiguió hacerlo por unanimidad -para sellar la paz- dado que su mamdato solo duraría nueve meses, hasta el vencimiento de su mandato, el 12 de junio de 2022.
Y es el Día de la Constitución y aquí estamos. A todo esto, ¿qué posibilidades existen de que el CGPJ nombre a sus dos magistrados para el TC, en el Pleno del 22 de diciembre?
Álvaro Cuesta, negociador del grupo progresista del CGPJ, cree que los conservadores quieren nombrar a dos magistrados del Supremo que respondan a su orientación, aunque uno sea purasangre y otro lleve etiqueta de progresista.
“Quieren que se vote y que en medio del barullo no salga nadie con los 11 votos necesarios para que sus medios afines nos culpen por mantener nuestro candidato, José Manuel Bandrés, que es intachable, y sobre todo reúne todos los criterios acordados por ambas partes”, señaló este lunes el vocal del CGPJ a El Periódico de Catalunya, unas declaraciones que recoge FUENTES INFORMADAS.
Los conservadores quieren elegir al suyo “propio” -un Pablo Llarena expresidente de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM)- y al “ajeno”, en la persona del magistrado Pablo Lucas, también de la Sala Tercera del Supremo, como Bandrés.
Pero la derecha está dividida. Por un lado, los vocales Juan Manuel Fernández y Juan Martínez Moya prefieren al presidente de la Sala Tercera, César Tolosa. Y hay más. El vocal Vicente Guilarte ha anunciado que su candidato es Francisco Marín Castán, presidente de la Sala Primera (de lo Civil) del Supremo, y actual presidente del Supremo, tras la renuncia de Carlos Lesmes. Y si no está, ha dejado saber, que no cuenten con su voto.
El guirigay, uno más, está servido. Pero hoy es día de fiesta. Y en el Congreso las loas a la Constitución serán protagonistas.