Difundir vídeos en Internet sin permiso sale caro: 6.000 euros el de una agresión y 10.000, de una borrachera

27 de agosto de 2024
1 minuto de lectura
borracho | Fuente: Confilegal
borracho | Fuente: Confilegal

La Agencia Española de Protección de Datos recalca el compromiso de proteger la privacidad y la reputación de las personas en redes sociales

Publicar un vídeo en Internet sin permiso puede costarle caro, tanto como miles de euros. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha reafirmado su compromiso de proteger la privacidad y la reputación de las personas en redes sociales, donde cada vez es más común encontrar contenido que vulnera estos derechos, según Confilegal.

El 27 de junio de 2024, la Audiencia Nacional ratificó una multa de 6.000 euros impuesta a un usuario de X (anteriormente Twitter) por difundir un vídeo que mostraba una agresión en el País Vasco, en el que tanto la víctima como su hijo menor eran claramente identificables.

El incidente, que ocurrió en diciembre de 2021, generó una considerable atención en redes sociales, alcanzando 190 retuits y 209 ‘me gusta’. La AEPD concluyó que la difusión del vídeo vulneró la privacidad de los involucrados, a pesar de que la plataforma no consideró que violara sus políticas. El sancionado, que argumentó que no pudo ver el vídeo durante el proceso de sanción y que no se aportaron pruebas de que la mujer no diera su consentimiento, recurrió la multa ante la Audiencia Nacional, pero su recurso fue rechazado.

El tribunal sostuvo que el usuario no pudo demostrar que la publicación fuera una actividad doméstica, lo que habría excluido la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Además, los magistrados señalaron que, durante el proceso administrativo, el sancionado había alegado que su intención era ejercer su derecho a la libertad de información, evidenciando su propósito de difundir el contenido ampliamente.

Vídeo de una persona borracha

En un caso separado, en septiembre de 2023, la AEPD sancionó con 10.000 euros a un usuario por grabar y difundir masivamente un vídeo de una persona en estado de embriaguez, sin su consentimiento. El vídeo, que fue ampliamente compartido en diversas plataformas como Facebook, Instagram, y YouTube, mostraba al individuo claramente reconocible y en una situación vulnerable, lo que llevó a la AEPD a ordenar su retirada de internet.

Estos casos subrayan la importancia de la responsabilidad en el uso de las redes sociales y la necesidad de respetar la privacidad de las personas, así como las consecuencias legales de no hacerlo.

Responder

Your email address will not be published.

No olvides...

Pasajeros en la estación de tren de Atocha, a 21 de octubre de 2024, en Madrid renfe

Renfe vende más de 320.000 billetes en el primer día de su campaña de Black Friday

La oferta promocional seguirá disponible hasta el 1 de diciembre, ofreciendo descuentos en billetes de trenes AVE, Avlo y Alvia
Max Verstappen celebra su cuarto título mundial con Red Bull

Max Verstappen logra su cuarto campeonato mundial de F1 en el Gran Premio de Las Vegas

El piloto neerlandés se consagra como tetracampeón en una temporada en la que Red Bull no ha tenido el coche
Imágenes del homenaje a las víctimas de la DANA en Mestalla | Valencia CF Media

Un emotivo homenaje a las víctimas de Valencia abre el regreso del fútbol a Mestalla

El equipo de Baraja se da un festín ante el Betis y regala una alegría a los valencianos en su
Una moción de censura sin apoyos beneficia a Sánchez

El PP reconoce que una moción de censura sin apoyos sería un error para beneficiar a Pedro Sánchez

Tellado advierte que, tras la declaración de Aldama, la citación del presidente en la comisión del Senado "se acerca cada