La Audiencia de Bizkaia ha dictado una sentencia que condena a un entrenador de un gimnasio en Bilbao a cuatro años y medio de prisión por abusar sexualmente de una joven durante un masaje en el centro deportivo. La resolución, emitida recientemente por la Sección Segunda de la Audiencia de Bizkaia, establece que el acusado aprovechó la situación para cometer el delito.
Según los hechos probados, el 8 de marzo de 2020, la víctima acudió al gimnasio y, tras experimentar dolor en la zona lumbar después de una clase, el entrenador la condujo a la planta superior del centro para recibir un masaje. Lo que comenzó como un masaje «deportivo» se convirtió, según la sentencia, en un acto sexual no consentido, en el que el acusado introdujo los dedos en la vagina de la mujer y su pene en su boca.
El tribunal señala que la joven experimentó un bloqueo durante el suceso, incapaz de reaccionar frente a la naturaleza sexual del encuentro, el cual no deseaba. Al analizar las versiones divergentes de ambos, el entrenador sostiene que la mujer insinuó la naturaleza sexual del masaje y que toda la actividad fue consensuada. Por otro lado, la víctima niega cualquier insinuación sexual, expresando sorpresa ante la sexualización de un masaje que esperaba que fuera exclusivamente deportivo.
La sentencia destaca que la versión del acusado carece de fundamento y fiabilidad, y cuestiona la falta de explicación sobre la denuncia en caso de que el encuentro fuera placentero y respetuoso. Además, se hace hincapié en la solidez del relato de la joven, que exhibe permanencia, coherencia y credibilidad subjetiva. El tribunal descarta cualquier motivo de interés contrario al acusado y no encuentra incoherencias que socaven la credibilidad del testimonio de la víctima.
La Audiencia vizcaína subraya la fiabilidad del relato de la joven al citar la declaración de una amiga a la que la víctima le contó lo sucedido, describiéndola como «asustada, aturdida e incrédula». Además, las pericias forenses respaldan la versión de la víctima, creando un cuadro probatorio sólido que elimina cualquier duda razonable sobre la veracidad de los hechos.
En la sentencia, se enfatiza que las acciones del entrenador carecieron del consentimiento de la joven, quien se vio obligada a enfrentarse a una relación sexual a la que simplemente no reaccionó. La condena, en este caso, resalta la gravedad del abuso sexual y la importancia de proteger la integridad y dignidad de las víctimas en situaciones similares.