Hoy: 22 de noviembre de 2024
Un joven ha sido condenado por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Bizkaia a 11 años de prisión debido a sus repetidos actos de maltrato y agresión sexual hacia su pareja. La víctima contaba con una orden judicial de alejamiento y comunicación, emanada tras una condena previa por dos delitos de maltrato en junio de 2022 por un tribunal especializado en Violencia sobre la Mujer.
El tribunal confirmó que el acusado violó de forma continua la orden de alejamiento y comunicación desde el mismo mes de junio, reanudando la convivencia con la víctima en agosto. Durante este período, que se extendió hasta finales de septiembre, el procesado sometió a su compañera sentimental a abusos físicos, sexuales y psicológicos. Controlaba su teléfono, eliminaba mensajes y fotos, la obligaba a cambiar de número para aislarla de su entorno, y la forzaba a enviarle fotos para conocer su ubicación y a realizar videollamadas para verificar sus interacciones.
La sentencia también menciona una agresión sexual ocurrida a principios de septiembre, confirmada en el juicio por una amiga de la víctima que fue testigo. Además, se registró una agresión física en octubre, con puñetazos en la boca y costillas, después de que la víctima dejara de convivir con el procesado.
La Audiencia de Bizkaia consideró esencial la declaración de la víctima y su madre, junto con los testimonios de testigos presenciales y agentes de policía, para establecer que existía una relación caracterizada por la “dominación”, “intimidación”, “imposición” y “desprecio sistemático” del acusado hacia la víctima, en un contexto de violencia física, verbal y sexual habitual.
El tribunal encontró al procesado culpable de un delito continuado de quebrantamiento de condena, dos delitos de maltrato (uno habitual y otro no habitual), y un delito de agresión sexual. Además de la pena de prisión, se impuso una libertad vigilada de cinco años al salir de la cárcel, con obligación de participar en programas de educación sexual. También se le prohibió comunicarse o acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante 18 años, y se le retiró la tenencia y porte de armas durante 3 años.
Como parte de la responsabilidad civil, el procesado deberá indemnizar a la joven con 20.000 euros.