Condenada a cinco años de cárcel por estafar a una octogenaria y atentar contra su integridad moral

31 de julio de 2024
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AP de Lugo | Fuente: EP
AP de Lugo | Fuente: EP

La anciana presentaba un deterioro cognitivo significativo y residía en una vivienda con deficientes condiciones de habitabilidad

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Lugo ha condenado a cinco años de cárcel a una mujer por estafar 33.630 euros a una octogenaria. El tribunal la ha considerado autora de un delito de estafa agravada y de otro delito contra la integridad moral. Además, ha impuesto a otra acusada, como cómplice, tres meses de prisión. Ambas deberán indemnizar a la víctima con 6.000 euros por el daño moral causado y, la principal condenada, deberá devolver los 33.630 euros de los que se apropió.

El tribunal ha probado que la principal acusada, actuando con engaño y con el ánimo de obtener un lucro ilícito, entabló una relación asidua con la víctima, de 81 años, alrededor de mayo de 2020. La octogenaria, que presentaba un deterioro cognitivo significativo, residía en una vivienda con deficientes condiciones de habitabilidad y recibía ayuda de los servicios sociales del ayuntamiento.

La condenada se aprovechó de la situación de vulnerabilidad de la víctima, ganándose su confianza para apoderarse de sus ahorros. La convenció de irse a vivir con ella a Vilalba, donde, supuestamente de forma altruista, se encargaría de su cuidado. Sin embargo, la acusada dejó a la víctima viviendo sola en una vivienda alquilada, desatendiendo sus necesidades básicas y dejándola encerrada con llave durante largos periodos.

Ambas acusadas desatendieron a la anciana

El tribunal ha probado que la otra acusada, empleada en el bar de la principal condenada, se encargaba de llevarle la compra y bajar la basura, sin proporcionar el cuidado necesario. Ambas acusadas desatendieron la salubridad del piso y la higiene de la víctima, no le procuraron alimentos adecuados, ni le administraron la medicación prescrita. Tampoco le llevaban a sus citas médicas ni permitieron que los servicios sociales la atendieran.

A pesar de todo, los magistrados indican que no resulta probado que las acusadas retuviesen a la víctima contra su voluntad con la finalidad de apropiarse de sus ahorros. Sin embargo, se demostró que la principal condenada utilizó la cartilla de la octogenaria para realizar retiradas sucesivas de efectivo sin su conocimiento ni consentimiento, sumando un total de 33.630 euros. Como consecuencia, la víctima quedó sin ahorros y en una precaria situación económica. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).

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