Hoy: 24 de febrero de 2025
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha confirmado la resolución del Juzgado de lo Social número 7 de Bilbao, que dictaminó el despido justificado de una empleada de Eroski por el robo de 15 euros de la cartera de una clienta. El TSJPV rechazó el recurso de suplicación presentado por la trabajadora, manteniendo así la sentencia original.
La trabajadora había argumentado que no se le permitió ver las imágenes de las cámaras de videovigilancia del establecimiento antes del juicio oral, lo que supuestamente vulneraba su derecho a la tutela judicial efectiva. Sin embargo, el tribunal consideró que esta falta de acceso previo no constituyó indefensión, ya que las grabaciones fueron mostradas durante el juicio y permitieron a la magistrada tener por acreditados los hechos acontecidos.
Los hechos probados, según las grabaciones, señalaron que la empleada sustrajo la cartera, extrajo el dinero en su interior y luego la devolvió al lugar original.
A pesar de las objeciones de la demandante sobre la supuesta edición y sesgo del vídeo, la Sala de lo Social del TSJPV consideró razonable mostrar solo ciertas partes de las grabaciones para evitar prolongar el proceso judicial.
La sentencia del TSJPV, emitida el 19 de marzo, no es firme y puede ser objeto de recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. En última instancia, el tribunal subrayó que lo crucial es que las imágenes presentadas durante el juicio fueron suficientes para respaldar la decisión de la empresa de despedir a la demandante.