Hoy: 26 de noviembre de 2024
La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto al hombre que el pasado 26 de mayo fue enjuiciado acusado de agredir sexualmente de manera continuada a la hija de su pareja, mayor de edad.
En una sentencia dada a conocer, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial afirma que “no ha llegado al razonable, pleno y absoluto convencimiento con el grado de certeza exigible en materia penal” de que el acusado cometiera los hechos que fueron denunciados por la joven.
Y ello por “no haberse practicado prueba de signo incriminatorio con aptitud suficiente para destruir el derecho a la presunción de inocencia que ampara al procesado”.
Explica la resolución que el testimonio prestado por la denunciante, la hija de la que fue pareja del acusado, no resulta suficiente “al no reunir los requisitos exigidos por la jurisprudencia”.
“Solamente consta el testimonio de la víctima como única prueba de cargo contra el procesado, sin elemento alguno de corroboración periférico externo de carácter objetivo que pudiera servir para reforzar dicho testimonio”, señala la sentencia.
Y dicho testimonio “no puede afirmarse que resulte convincente”, pues sus declaraciones “han resultado poco persistentes y coherentes a lo largo del procedimiento, atendiendo a que no ha declarado siempre las mismas circunstancias en que se produjeron los hechos y apreciándose contradicciones en sus distintos relatos sobre los mismos”.
Sus declaraciones “no gozan plenamente de la nota de persistencia al haberse apreciado en dichos relatos ambigüedades y contradicciones de cierta importancia, no constando un relato coherente que goce de suficiente conexión lógica entre sus diversas partes, sin especificar y concretar con suficiente precisión los hechos denunciados, al no haberse mantenido en todo momento los mismos hechos”.
Además del testimonio de la joven, el tribunal escuchó al acusado, quien “ha negado tajantemente los hechos denunciados”, y a una vecina, que rechazó que la joven le dijera que estaba siendo objeto de abuso sexual o que ella misma le indicara a la joven que se lo contara a su madre, tal y como la chica afirmó en su denuncia y en el juicio.
Por otro lado, no se pudo escuchar en el juicio a la madre de la joven, a quien, según la versión de la chica, le contó lo que el acusado le estaba haciendo.
“Desafortunadamente no ha podido declarar, por imposibilidad, la madre, pese a haber sido propuesta por todas las partes, dado que se encuentra en ignorado paradero”, señala la sentencia.
Así las cosas, el tribunal ha analizado el testimonio de la denunciante y todo el material probatorio existen en la causa que, “valorado conjuntamente y sopesando las contradicciones apreciadas y las circunstancias aportadas por los demás testigos, ha resultado insuficiente para desvirtuar el derecho constitucional a la presunción de inocencia del procesado”.
La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Cantabria no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Penal de Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.