El PP propone una ley que permita desalojar en 24 horas a los okupas

12 de agosto de 2022
2 minutos de lectura
Jaime de Olano
Jaime de Olano en una sala de prensa | Fuente: Partido Popular

«Hemos presentado en el Congreso de los diputados una nueva proposición de ley orgánica, para regular el problema de la okupación en España», anunciaba Jaime de Olano en una rueda de prensa esta semana

El Partido Popular ha registrado en el Congreso una proposición de ley orgánica contra la ‘okupación’. Mediante esta proposición se pide la «recuperación del delito de usurpación de bienes inmuebles con penas de entre 3 y 5 años para que se puedan tomar medidas cautelares», anunciaba el portavoz adjunto del PP en el Congreso de los Diputados, Jaime de Olano.

A su vez, entre estas medidas, se encuentra la de permitir el desalojo «inmediato» en caso de delito flagrante, y en el caso de no ser así, el desalojo sería en 24 horas; además, se propone el endurecimiento de las penas en el caso de que se tratasen de mafias.

Olano ha destacado que se trata de «un problema serio» y que «desde el Gobierno de Sánchez no se ha hecho absolutamente nada». Sin embargo, la lucha contra la ‘okupación ilegal’ no se trata de algo nuevo; ya el partido Vox presentó una propuesta en el mes de junio. Ya el propio Partido Popular, hizo un anuncio igual que este pero en el año 2019.

Una iniciativa que no es nueva

La ley propuesta por Vox pretende afrontar el problema desde una doble vertiente: penal, endureciendo las penas por usurpación y dotando a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de mayores medios en la lucha contra la ocupación ilegal; y civil, agilizando el proceso de desahucio de ocupas. Entre las medidas propuestas, Vox quiere reforzar las herramientas legales con las que tutelar y recuperar la posesión de un inmueble usurpado a su legítimo propietario.

Además, se planteaba que se modifique el artículo 245 del Código Penal, para que al que con violencia o intimidación en las personas ocupe un inmueble o usurpe un derecho real inmobiliario de pertenencia ajena, se le imponga, «además de las penas en que incurriere por la violencia ejercidas, la pena de prisión de dos a tres años, que se fijará teniendo en cuenta la utilidad obtenida y el daño causado».

Añaden, a su vez, un nuevo artículo 544 sexies con la siguiente redacción: «En los casos en los que existieran indicios fundados de la comisión de un delito del artículo del 245 del Código Penal, el Juez o Tribunal adoptará motivadamente la medida de desalojo en el plazo máximo de 48 horas desde la petición cautelar, sin necesidad de prestar caución, en tanto en cuanto, una vez requeridos los ocupantes del inmueble no exhiban el título jurídico que legitime la permanencia en el inmueble».

Por el momento, el debate está servido.

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