El Constitucional permite el acceso libre de las radios a los estadios para retransmisiones en directo

21 de febrero de 2023
1 minuto de lectura
impugnar
El Tribunal Constitucional. | Fuente: Alejandro Martínez Vélez / Europa Press

Por su parte, el Supremo plantea dudas acerca de la posible contradicción de este artículo con el derecho de propiedad y con la libertad de empresa

El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado la cuestión de inconstitucionalidad de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. El precepto establecía que los prestadores de servicios de comunicación audiovisual radiofónica dispondrían de libre acceso a cualquier estadio para retransmitir en directo los acontecimientos deportivos dentro de los mismos. A cambio de una compensación equivalente a los costes generados por el ejercicio de tal derecho. Algo que debería fijarse mediante acuerdo de las partes.

El Tribunal Supremo duda acerca de la posible contradicción de este artículo con el derecho de propiedad (art. 33 CE) y con la libertad de empresa (art. 38 CE).

La sentencia, cuya ponente ha sido la magistrada María Luisa Balaguer, considera que, si bien el libre acceso de las empresas radiofónicas a los estadios puede afectar al derecho a la propiedad de quienes proveen el espectáculo deportivo, en forma de afectación a los derechos de explotación de la radiodifusión, la finalidad perseguida por la norma cuestionada justifica esa afectación. Porque se dirige a garantizar el derecho a informar y a recibir información, al amparo del art. 20.1 d) CE, cumple una finalidad legítima. Sin afectar al contenido esencial de los derechos de explotación de los organizadores de los espectáculos deportivos, y resulta adecuada para obtener dicha finalidad.

La sentencia también descarta la vulneración del derecho a la libertad de empresa (art. 38 CE), en su vertiente de la libertad de contratación. La medida perseguida por el legislador responde a una finalidad constitucionalmente legítima. Y resulta adecuada para conseguir ese objetivo. Permite el libre acceso a los recintos de los operadores de servicios radiofónicos para satisfacer el derecho de informar y recibir información sobre todos los hechos noticiables que se produzcan en torno al espectáculo deportivo.

Las magistradas Concepción Espejel Jorquera y Laura Díez Bueso han anunciado voto particular.

Responder

Your email address will not be published.

No olvides...

Un hombre acepta siete años de cárcel por herir con una navaja a dos jóvenes en Asturias

La pena que ha aceptado se completa con alejamiento de las víctimas, una indemnización de 11.713 euros a cada una…

Puigdemont traslada su oficina de expresidente a Sarrià-Sant Gervasi, en Barcelona

El objetivo del cambio es disponer de un espacio que permita desarrollar las tareas habituales de la oficina sin las…
Embarcaciones

La Guardia Civil asegura que el narcotráfico tiene poca incidencia en Murcia

El coronel jefe de la zona responde así a la asociación JUCIL, que denunció falta de medios, y el delegado…

Más Madrid propone a la ex alcaldesa de Barcelona Ada Colau como candidata a la Presidencia del Gobierno

La formación madrileña plantea ceder la cabeza de lista a Barcelona en una apuesta por la «generosidad», el funcionamiento confederal…