Confirmada la sentencia de la Audiencia de Bizkaia que condenó a seis meses de prisión a un ertzaina por agredir a una detenida

16 de marzo de 2024
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AP de Bizkaia | Fuente: EP
AP de Bizkaia | Fuente: EP

Además de la pena de cárcel, se estableció una multa adicional y el pago de una compensación económica a la víctima como reparación por los daños sufridos

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Bizkaia que condenó a un agente de la Ertzaintza a seis meses de prisión por agredir a una mujer detenida en los calabozos de la comisaría de Getxo en mayo de 2018. Esta decisión judicial, emitida el 13 de marzo, marca un hito en el proceso legal que ha suscitado atención y debate en la opinión pública.

El origen de esta causa se remonta al 26 de mayo de 2018. Según los hechos declarados probados por la Audiencia de Bizkaia que confirma el TSJPV, ese día la mujer se topó en el exterior de un supermercado de Algorta-Getxo a varios agentes que estaban identificando a un varón ebrio por molestar a los viandantes y ella les reprochó su actuación.

La mujer fue detenida acusada de un delito de resistencia y desobediencia y llevada a comisaría. Una vez en los calabozos ella quiso recuperar una cartera de su propiedad y trató de arrebatársela sin éxito a una agente, momento en el que el ertzaina procesado la agarró del brazo y con “evidente extralimitación y sin necesidad alguna” le propinó una “fuerte bofetada”.  Ella entonces, “actuando en su propia defensa”, le “arañó en la cara y en el cuello” y el ertzaina volvió a propinarle “dos fuertes puñetazos” que impactaron en su cara.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJPV ha respaldado de manera íntegra la resolución de la Audiencia de Bizkaia, que además de la pena de prisión, impuso al agente una multa y su inhabilitación especial para cargo público durante el tiempo de condena. Asimismo, se estableció una indemnización significativa a favor de la mujer agraviada.

La Audiencia vizcaína, en su juicio, consideró al agente culpable de un delito contra la integridad moral y un delito leve de lesiones, dejando claro el carácter inaceptable de la violencia ejercida desde una posición de autoridad. Además de la pena de prisión, se estableció una multa adicional y el pago de una compensación económica a la víctima como reparación por los daños sufridos.

Tanto el agente como la mujer apelaron la sentencia ante el TSJPV, planteando diversas objeciones que el tribunal superior desestimó en su totalidad. En su resolución, se rechazaron los argumentos presentados, confirmando la validez de los procedimientos llevados a cabo durante el juicio.

Una de las cuestiones clave abordadas por el TSJPV fue la solicitud del agente de anular el juicio oral debido a la supuesta infracción del derecho fundamental a la defensa, argumentando la falta de grabación de la declaración de dos peritos durante la vista. Sin embargo, el tribunal superior recordó que la Audiencia de Bizkaia había reconocido esta omisión como un fallo técnico, sin que ello afectara sustancialmente al proceso judicial.

Además de las apelaciones del agente, se desestimaron las alegaciones de la defensa de la mujer

El TSJPV también examinó detenidamente la valoración probatoria realizada por la Audiencia de Bizkaia, refutando cualquier indicio de indefensión material y respaldando la determinación de las lesiones sufridas por la mujer, así como la cuantificación de la indemnización correspondiente.

Además de las apelaciones del agente, se desestimaron también las alegaciones de la defensa de la mujer, que reclamaba una absolución y una penalización más severa para el acusado. El TSJPV argumentó que la sentencia emitida por la Audiencia de Bizkaia estaba sólidamente fundamentada en la evaluación objetiva de las pruebas presentadas durante el juicio.

Este caso no solo arroja luz sobre la importancia de salvaguardar los derechos individuales y la integridad de las personas durante el ejercicio de la autoridad pública, sino que también subraya la responsabilidad de las instituciones judiciales en garantizar la justicia y la equidad en cada caso que llega a su jurisdicción. Aunque la sentencia del TSJPV no es definitiva, representa un paso significativo hacia la rendición de cuentas y la búsqueda de la verdad en este asunto.

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