Hoy: 23 de noviembre de 2024
La Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a diez años de cárcel y a ocho años de libertad vigilada a un taxista que agredió sexualmente a una clienta de 19 años durante la madrugada del 8 de marzo de 2018. El tribunal, además, le ha impuesto el pago de una indemnización a la víctima de 20.000 euros, así como la prohibición de aproximarse y comunicarse con ella durante 15 años.
Los magistrados consideran probado que la joven se subió a la parte trasera del taxi, en el que trabajaba el condenado como asalariado, en el centro de Santiago para que la trasladara hasta su domicilio. “El acusado, aprovechándose de la circunstancia de que se quedó adormilada durante el trayecto de apenas cinco minutos de duración, desvió su trayectoria al llegar a la zona de Galeras y desconectó el localizador del vehículo”, relata la Sala en el fallo, en el que indica que, acto seguido, se dirigió “hacia una zona no determinada, situada a las afueras de la ciudad, oscura, carente de iluminación artificial y sin viviendas cercanas a la vista”.
El condenado, según la resolución, se valió de estas circunstancias, así como de que previamente había cogido el teléfono de la víctima del asiento trasero, para cometer la agresión sexual. Así, la audiencia señala que detuvo el vehículo en ese lugar, se bajó del coche y se introdujo en la parte trasera del taxi donde, después de quitarle a la joven las botas, las medias y las bragas y de subirle la ropa, “se tumbó sobre ella, besándola y manoseándole los pechos”.
Mientras esto sucedía, la víctima, según el tribunal, estaba “paralizada por la situación de terror que estaba viviendo ante la imposibilidad de pedir ayuda y el miedo a lo que pudiera sucederle”, lo cual aprovechó el acusado para violarla. Después, regresó al asiento del conductor, le devolvió su teléfono y condujo hasta su domicilio. La Sala relata que, durante el trayecto, la víctima iba en el asiento trasero del coche llorando y que, inmediatamente después de que el acusado la dejase en su vivienda, llamó a un amigo y le pidió que fuese porque un taxista la había violado.
El tribunal recalca que no solo se trató de una relación no consentida, sino que se cometió “mediante la intimidación empleada por el acusado, aprovechándose de unas circunstancias buscadas con la finalidad de generar un estado de terror en la víctima, que la dejaron paralizada y sin posibilidad de reacción”. Además, indica que la denunciante ha relatado, “de modo persistente, convincente y sin contradicciones”, a lo largo de todo el procedimiento lo ocurrido la noche del día 8 de marzo de 2018.
“La descripción de los hechos que hace no solo es consistente y coherente, sino que concuerda con todos los restantes medios”, destaca la Sala, al tiempo que añade que la versión de la víctima está corroborada “por el testimonio de las personas que estuvieron con ella inmediatamente después de los hechos, por las lesiones físicas que presentaba y por la huella psíquica reflejada en el informe pericial psicológico de fecha 3 de diciembre de 2020, así como por los datos objetivos que resultan del análisis del recorrido realizado por el taxi esa noche”. Los magistrados también señalan que la versión del acusado “no solo ha resultado incoherente e increíble, sino que su relato no se corresponde temporalmente con los datos objetivados en la causa”.
En la sentencia, inciden en que no puede olvidarse que el condenado estaba “desempeñando un servicio público como es el de taxi que, precisamente, genera una sensación de confianza y seguridad en quien lo utiliza, especialmente por la noche”. El tribunal entiende que la pena de diez años solicitada por las acusaciones es adecuada debido a la gravedad de lo sucedido.
Los jueces también entienden que el titular del taxi debe asumir la responsabilidad civil subsidiaria, pues el condenado era su empleado desde hacía años. Por ello, le han impuesto el pago de una indemnización de 20.000 euros.