Condenado a seis años y medio de prisión por agredir sexualmente a dos menores a través de Internet

10 de noviembre de 2022
2 minutos de lectura
Audiencia Provincial Valencia
Audiencia Provincial de Valencia !FOTO Europa Press

Las amenazó e intimidó para conseguir que las niñas participaran en videollamadas de contenido sexual

La Sala, que contempla para los cuatro delitos las atenuantes de alteración psíquica y de dilaciones indebidas, impone al penado la obligación de indemnizar con 12.000 euros a cada una de las perjudicadas por los daños psicológicos que sufrieron a consecuencia de los hechos.   

Por eso, La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a seis años y medio de prisión por dos delitos de agresión sexual a menor, uno de ellos continuado, y otros dos delitos de elaboración de material pornográfico, a un hombre que contactó con dos menores valencianas y las forzó a participar en videollamadas de tipo sexual mediante intimidaciones y amenazas. 

La sentencia también le inhabilita durante 20 años para el ejercicio de cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve un contacto regular y directo con menores.   

Los hechos comenzaron en junio de 2018, cuando el procesado, que conoció a la primera de las víctimas al coincidir con ella en un grupo de Whatsapp, comenzó a enviarle fotos de contenido sexual y le reclamó imágenes del mismo tipo.   

La menor, de 13 años en el momento de los hechos, accedió a ello y le mandó fotos de su cuerpo desnudo o con poca ropa y de sus partes íntimas. A partir de ese momento, el hombre la obligó a practicar sexo a través de videollamadas, tras amenazarla con difundir públicamente sus fotos íntimas. El penado llegó a publicar una de estas fotos junto al teléfono de la menor en una red social.  

El hombre intentó que la segunda víctima también le mandara fotos se contenido sexual y, cuando esta se negó, le aseguró que era un ‘hacker’ y le dijo que tendría consecuencias negativas porque podría localizar a sus padres y amigos. La menor se asustó y finalmente accedió a participar en una videollamada de contenido sexual.

Sólo contacto virtual

Siguiendo el criterio del Tribunal Supremo, la sentencia reconoce que pese a que “no ha existido un contacto directo, sino virtual, entre victimario y víctimas”, los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual debido al “marco claramente intimidatorio en el que existen amenazas explícitas e implícitas” según las cuales si las menores no accedían a las pretensiones del condenado, este publicaría las fotos íntimas a familia y amigos, como finalmente hizo con la primera de las niñas.   

El 26 de septiembre de 2018, la Guardia Civil realizó la entrada y registro en el domicilio del procesado, en Valdemoro, Madrid, donde localizaron almacenados vídeos similares a los que grabaron las dos menores de la Comunidad Valenciana.   

Según detalla la resolución, el hombre tiene una discapacidad psicológica leve y el procedimiento ha sufrido dilaciones indebidas, lo que motivan la apreciación de dos atenuantes. 

Responder

Your email address will not be published.

No olvides...

La marca blanca alcanza el 50% de cuota en Europa con España a la cabeza

El aumento del coste de la vida impulsa a los consumidores hacia opciones más económicas, consolidando el crecimiento sostenido de…

Prisión provisional para el hombre que atacó con un hacha a tres vecinos del municipio granadino de Montefrío

Mientras que el hombre que fue agredido ha sido ya dado de alta, otras dos mujeres siguen en cuidados intensivos…

Piden la libertad del hombre en silla de ruedas que mató a un ladrón que intentó robarle en Barcelona

Vecinos y familiares reclaman su excarcelación al considerar que actuó en legítima defensa, mientras el caso abre un debate sobre…

Desarticulada una red de explotación laboral en call centers con siete detenidos en Madrid

Los detenidos sometían a trabajadores extranjeros a condiciones abusivas, con jornadas ilegales, presión constante y castigos humillantes para cumplir objetivos…