Absuelta una madre por el asesinato de su bebé debido a un brote psicótico postparto

13 de septiembre de 2024
1 minuto de lectura
Audiencia Provincial de Valencia | Fuente: Europa Press
Audiencia Provincial de Valencia | Fuente: Europa Press

La mujer atacó al menor con un cuchillo y le causó heridas mortales en el cuello, el tórax y la muñeca derecha

La Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a una mujer acusada del asesinato de su bebé de un año, al determinar que padecía un brote de psicosis postparto que anulaba completamente sus facultades cognitivas y volitivas en el momento de los hechos. Según la sentencia, la mujer no era responsable penalmente de sus actos debido a esta alteración mental, lo que ha llevado al tribunal a aplicar la eximente completa por trastorno psicológico.

Los hechos ocurrieron el 27 de febrero de 2023, cuando la acusada, estando a solas con su hijo en su vivienda en Vilamarxant, acabó con su vida. La mujer atacó al menor con un cuchillo, causándole heridas mortales en el cuello, el tórax y la muñeca derecha. La sentencia detalla que, en ese momento, la acusada se encontraba bajo un cuadro psicopatológico grave, lo que anuló su capacidad para comprender y controlar sus acciones.

La Sección Primera de la Audiencia de Valencia ha dictado esta sentencia absolutoria después de que tanto la Fiscalía como la defensa presentaran un escrito conjunto de conclusiones. Dicho acuerdo, avalado también por la acusada, reconocía que la mujer no tenía control sobre sus actos debido al brote psicótico, lo que llevó al tribunal a aceptar la eximente total por alteración mental.

Sin embargo, aunque la mujer ha sido absuelta del delito de asesinato, el tribunal ha decidido imponer una medida de seguridad para su control y tratamiento. Esta medida consiste en la libertad vigilada, con la obligación de someterse a un tratamiento médico externo y forzoso. Dicha obligación tendrá una duración máxima de cinco años, durante los cuales la acusada deberá seguir estrictamente las indicaciones médicas para su recuperación.

Vigilancia médica continua

El tribunal considera que la medida de seguridad es necesaria para garantizar que la mujer reciba el tratamiento adecuado y prevenir posibles riesgos futuros. La sentencia subraya que, aunque no sea responsable penalmente, es fundamental que se someta a vigilancia médica continua para evitar nuevos episodios derivados de su trastorno.

Este caso pone de relieve la importancia de abordar las enfermedades mentales graves en el ámbito judicial, particularmente cuando pueden influir de manera decisiva en la conducta de los implicados. La sentencia refleja el equilibrio entre la comprensión de la inimputabilidad de la acusada y la necesidad de proteger tanto a ella como a la sociedad mediante el tratamiento adecuado.

Responder

Your email address will not be published.

No olvides...

Los obispos españoles, de acuerdo con el proceso de resignificación del Valle de los Caídos

La Iglesia ha defendido desde el principio la continuidad del culto en la basílica, la presencia de la comunidad benedictina…

Miles de funcionarios se concentran en toda España para exigir la subida salarial

CC OO prepara una movilización frente al Ministerio de Hacienda en Madrid para el próximo 8 de abril a las…

El Santander mantiene objetivos para 2025 y prevé cerrar el primer trimestre con un 15,7% de rentabilidad

Ana Botín reitera en la junta de accionistas el compromiso del banco con la rentabilidad, la eficiencia y el dividendo,…

El Ejecutivo mantiene su primera reunión con el PP por los aranceles de Trump

El presidente del Gobierno había anunciado que el ministro de Economía iniciaría una ronda de reuniones con todos los Grupos…