Hoy: 23 de noviembre de 2024
La gestión de los Fondos Europeos Next Generation está siendo un reto para las entidades públicas y privadas que están vinculados a la ejecución de dichos fondos que desde el pasado año están llegando a nuestro país.
Está también el compromiso de que las entidades que gestionan esos fondos cuenten con planes antifraude, tal y como señala una orden ministerial que los desarrolla, según informa Confilegal.
A este respecto, algunas de las empresas asociadas a Cumplen, como son los casos de Garrigues, Cuatrecasas, Ecix o Becompliance seguramente están asesorando a esas entidades a la gestión de esos planes antifraude de obligado cumplimiento y que se están demorando peligrosamente.
Eduardo Navarro es consejero ejecutivo de Becompliance y miembro de la Junta Directiva de Cumplen. Su análisis de la implementación de estos planes antifraude en las organizaciones que gestionan Fondos Europeos.
“La norma no puede ser muy especifica porque el publico al que ve destinado son organizaciones heterogéneas. Eso hace que en la ejecución de esas directrices se esté siendo laxo”, afirma este miembro de Cumplen.
«La experiencia nos dice –según Navarro– que muchas de estas entidades solventa esta cuestión sin demasiados quebraderos de cabeza. Con modelos mínimos de cumplimiento que no están del todo cerrados y bien definidos”.
En ese contrato menor “es difícil hacerlo bien y en muchas ocasiones se contrata la implementación con la auditoría que requiere el modelo, elaborado por la misma consultora que implementó la primera, una disfunción que debe evitarse”.
En su opinión “desarrollar un modelo de plan antifraude de este tipo puede llevar a una entidad unos tres meses de trabajo, con todo lo que ello conlleva, para que realmente funcione y sea operativo realmente”.
Para este experto en auditoria y controles financieros “la iniciativa se aprobó en septiembre y es de obligado cumplimiento para la gestión de esos fondos. Sin embargo, su desarrollo es desigual. Algunas entidades cuentan el plazo desde diciembre, momento en el que se dan por enterados que van a participar de la gestión de esos fondos”.
Otro elemento que echa en falta Navarro es que no hay ninguna entidad que supervise que las entidades que gestionan dichos fondos tienen en marcha su plan antifraude. “Los incumplimientos se podrían denunciar por fiscalía y acabar en anticorrupción, pero de momento tampoco ha trascendido que haya ninguna denuncia”.
En su opinión “el problema de la desinformación con la gestión de los Fondos Europeos es una de las notas que llama la atención. Ni las organizaciones saben donde acudir a recoger este tipo de fondos ni quien supervisa este tipo de actividades. No hay un órgano de vigilancia especifico para esta actividad de control de fondos”.
Sin embargo, este experto señala que, con el Kit Digital que es un programa público de ayudas para PYMES, microempresas y autónomos destinado a mejorar e impulsar la digitalización de las empresas y autónomos mediante el uso de Fondos Europeos, hay más organización.
“La partida presupuestaria cuenta con una dotación de 3.067 millones de euros y se enmarca dentro de la Agenda España Digital 2025. Esta ayuda ha funcionado y hay lista de espera para los beneficiarios de esta ayuda”.
Para este experto “con esta celeridad en la gestión de ayudas, es complicado que las organizaciones hayan desarrollado modelos antifraude acorde a lo que dice la norma en cuestión. Es difícil que hayan generado sus valores, sus códigos de conducta o formaciones y que incluso hayan puesto en marcha esos canales de denuncia”.
Para Navarro, el fraude viene originado desde el llamado triángulo del fraude. “Hay tres motivos que generan fraude, en primer lugar, la oportunidad, que hay carencias de control en una organización o en un proceso. Otra es la motivación, en este caso es la necesidad de muchas empresas que salen de un Covid que necesitan inversión tienen esa necesidad de la ayuda”.
Junto a estos dos, este experto habla de un tercer elemento “que es la racionalización. Hay unas necesidades económicas y desde ahí hay una justificación moral para cometer esa conducta irregular. El problema es que las personas y la sociedad no castigan reputacionalmente las fugas de dinero porque, de alguna manera y desgraciadamente, se ha normalizado parcialmente y, eso hace que las entidades no le tengan miedo a ese riesgo reputacional”.
Para este experto, estas son algunas claves que definen un Plan Antifraude para la gestión de los Fondos Europeos:
Desde ese triángulo se aplicaría como remedio para mitigar sus efectos el plan antifraude, que en este caso es obligatorio para la gestión de los Fondos Europeos a las organizaciones que gestionan con ellos “ese plan se parece a los modelos de ‘Compliance’. En un 90 por ciento se resuelve la problemática si se tiene un buen plan de ‘Compliance’”.
Para este experto “en el modelo antifraude queda bien descrito en el documento legal que se debe tener unos valores, unos códigos de conducta y elementos de toma de decisión Se trata de alguna manera de responder a los parámetros del punto 2 del 31 bis del Código Penal. Esos rasgos definen la formación de voluntad de la persona jurídica”.
Otro elemento clave de ese plan antifraude es “tener los controles adecuados. Son los ismos controles para prevenir el fraude económico, son los mismos para prevenir los hechos irregulares en las organizaciones “.
En su opinión los más efectivos serían “la segregación de funciones y los poderes mancomunados tanto contractuales como bancarios. Se trata que en una organización tengan que intervenir más de dos departamentos en la solicitud de una ayuda o en su gestión. Que no recaiga todo en un sola persona, lo que acentúa el riesgo”.
Si tienes que poner de acuerdo a dos o más personas para cometer un delito, no es tan sencillo realizarlo. “Esta segregación de funciones debe tener una traducción jurídica en los poderes, que solo algunos lo puedan gestionar ante la administración. Y, por otro lado, los controles bancarios para saber realmente el origen del dinero que entra, sus destinos, incluso los motivos del dinero que no entra o no sale.”
Esta obligación de los controles coincide con el punto 3 del 31 bis del Código Penal donde se habla de los controles financieros.
Respecto a la detección del fraude, en el plan antifraude que debe presentarse se abre un hueco al canal de denuncia “ es otro punto del 31 bis. Donde se habla de la necesidad de contar con estos canales éticos. Sin ellos el plan antifraude queda muy cojo. Si no se pone en marcha es que esa organización no tiene interés en detectar ese fraude”.
Para prevenir el fraude “hay que tener controles en todos los sitios y un canal de denuncia multiplica la supervisión en cualquier organización de esas conductas irregulares”.
Sobre la gestión de dicho canal de denuncia para que sea efectivo, este experto destaca que es recomendable contar con profesionales con autonomía que esté al margen de cualquier conflicto de interés que pueda surgir. Puede ser alguien interno de la organización o externo con lo cual ese conflicto de interés se reduce a la mínima expresión.
Navarro recuerda que otro requisito importante es la auditoria de ese plan en su conjunto de manera anual para comprobar realmente que funciona a nivel global y de todos sus integrantes. Eso coincide con el punto 6 del 31 Bis del Código Penal donde habla de la verificación de los modelos de ‘Compliance’.
A nivel de auditoria “lo ideal es que la haga otra entidad o experto que no sea el mismo que lo ha implementado en su momento para asi lograr una mayor objetividad en si ese modelo de cumplimiento es el adecuado.
Para este experto, “las ventajas de un Plan antifraude de este tipo son evidentes. Ayuda la sostenibilidad económica de la organización”.
Al mismo tiempo, “ su amortización es muy rápida porque ayuda a prevenir el fraude interno en cualquier organización. Hay un efecto de reducción de ese fraude cuando se implementa en canal de denuncia, al que hay que añadir luego el que se detecta por su funcionamiento”.