Condenado a 15 años de prisión por matar al dueño de un bar de Valencia cuando abría la persiana

23 de mayo de 2024
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Audiencia Provincial de Valencia: | Fuente: Europa Press
Audiencia Provincial de Valencia.| Fuente: Europa Press.

El agresor se aproximó al local con un cuchillo de 20 centímetros que había adquirido el día anterior

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha dictaminado una sentencia que condena a un individuo a una pena de prisión de 15 años por un delito de asesinato. Este veredicto se basa en los acontecimientos ocurridos el 29 de julio de 2022, cuando el acusado acuchilló al dueño de un bar en Valencia mientras este último abría la persiana de su establecimiento.

La decisión del tribunal se sustenta en el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular el pasado 15 de abril, lo que lleva a la imposición de una indemnización de 146.878 euros para la esposa del fallecido, destinada a compensar los daños morales ocasionados por los hechos. Además, como parte de la sentencia, se estipula que el condenado no podrá acercarse a menos de 300 metros de la viuda ni comunicarse con ella por ningún medio durante un periodo de diez años.

Los hechos acontecieron en las primeras horas de la mañana, cerca del centro comercial Nuevo Centro de Valencia, cuando el agresor se aproximó al bar portando un cuchillo de 20 centímetros de filo que había adquirido el día anterior.

Observando a la víctima agachada, de espaldas a la calle, levantando la persiana de su local, el agresor se aproximó por sorpresa y comenzó a propinarle múltiples cuchilladas mientras el afectado intentaba defenderse con los brazos y las manos.

El resultado fue devastador, con el hostelero recibiendo hasta ocho puñaladas, cinco de ellas en los brazos y las manos, y las restantes tres en el tronco. Una de estas últimas lesiones, según la autopsia, se produjo en el abdomen y seccionó completamente la vena ilíaca, desencadenando una hemorragia interna que culminó en su fallecimiento en un hospital.

El jurado determinó en su veredicto que la alteración psíquica no afectó de ninguna manera las facultades mentales del acusado

Respecto a la solicitud de una eximente de alteración psíquica presentada tanto por la Fiscalía como por la defensa del acusado, basada en una presunta esquizofrenia paranoide diagnosticada en el agresor, el jurado determinó en su veredicto que dicha condición no afectó de ninguna manera las facultades mentales del acusado al cometer los hechos. Esta decisión se fundamentó en las conclusiones de los peritos forenses durante el juicio, quienes descartaron que la esquizofrenia influyera en las acciones del agresor, incluso de manera leve.

En conclusión, la sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Valencia destaca la gravedad de los actos cometidos por el acusado, quien enfrentará una larga condena por el delito de asesinato, así como la obligación de indemnizar a la familia de la víctima por los daños morales causados.

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