Hoy: 23 de noviembre de 2024
De cara al sorteo de Lotería de Navidad, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ofrece una serie de advertencias que hay que tener en cuenta si se comparte un décimo o si alguien resulta ganador de un premio. Hacer fotocopias a los décimos, dejar constancia por escrito si se comparten o, en caso de pérdida o robo, denunciar en comisaría y en Loterías y Apuestas del Estado son algunos de los consejos que hay que seguir para evitar disgustos.
La organización recuerda que un décimo de lotería es un documento al portador, es decir, que el premio lo recibe quien lo tiene en su poder. Por tanto, si se comparte el boleto, el depositario del mismo debe fotocopiarlo y entregar a cada participante una copia firmada (con el nombre y DNI del depositario) en la que se indique que la persona juega en ese número, serie, fracción y sorteo, una cantidad de euros determinada.
Otra alternativa es enviar una foto del décimo por correo electrónico o por otro medio de mensajería instantánea como WhatsApp. Según la OCU, esto puede ser una prueba, “siempre y cuando” aparezcan los datos del depositario, los participantes y la participación de cada uno.
La OCU apunta que si se compra el décimo online, hay que asegurarse de que se hace en una página oficial de una administración de lotería autorizada. También se puede hacer directamente en la web de Loterías y Apuestas del Estado; en este caso se debe elegir un punto de venta asociado, que puede ser cualquiera de las administraciones de lotería que hay en España.
En este sentido, la OCU indica que al comprar online se recibe un comprobante electrónico de los décimos adquiridos: ese documento electrónico tiene la misma validez legal que el décimo en papel y acredita la propiedad del décimo. Los décimos originales se depositan en la caja fuerte de la administración de lotería.
En caso de pérdida o robo del décimo, debemos denunciarlo ante la Policía Nacional o Guardia Civil del lugar donde ocurrió el hecho. En la denuncia se debe hacer constar el mayor número de datos posible y todas las circunstancias del hecho, aportar posibles pruebas -fotos o fotocopias del décimo-, identificando claramente el documento, número, serie y fracción.
Asimismo, es fundamental comunicar por escrito lo acontecido al organismo Loterías y Apuestas del Estado. Con la denuncia se puede paralizar el pago hasta que el juez resuelva quién es el verdadero dueño.
Si el premio es inferior a 2.000 euros, el premio se puede cobrar en cualquier punto de venta de la red de Loterías. Si se ha comprado el décimo premiado por Internet, se ingresa el importe de manera automática en la cuenta de usuario que posteriormente se puede transferir a la cuenta bancaria que se desee. Cuando el premio supera los 2.000 euros, se cobra en una de las entidades bancarias colaboradoras, cuya lista se puede encontrar en la web de Loterías y Apuestas del Estado. La OCU recuerda que estos bancos no podrán cobrar ninguna comisión, ni exigir contraprestación.
Si vamos a cobrar un décimo compartido, tenemos que identificar en el banco a cada ganador y su porcentaje de participación. Una vez hecho esto, los bancos pueden abonar el premio entero (después de descontar el importe por el cual se tributa) en la cuenta de la persona que ya es titular de una cuenta en ese banco y que después repartirá según lo convenido.
No obstante, no se recomienda cobrar la totalidad del importe sin identificar antes a los otros participantes, ya que al repartirlo puede parecer que se está donando el dinero, lo que obligaría al pago del impuesto de donaciones.
Igualmente, no debemos olvidar que Hacienda retiene automáticamente el 20% de la parte del premio que exceda del mínimo exento de 40.000 euros por cada décimo, no por cada persona agraciada. Es decir, se descuenta el impuesto y después se reparte la cantidad neta entre los partícipes. El premio no se declara en el IRPF, los rendimientos que genere, sí.
Por último, la OCU recuerda que el derecho a cobrar los premios del sorteo de Navidad caduca a los tres meses contados a partir del día siguiente al de la celebración del mismo.