Salvo que renuncie al aval, la banca no podrá vender el crédito ICO moroso

27 de mayo de 2022
5 minutos de lectura
Créditos Ico.

La financiación otorgada con aval del Instituto de Crédito Oficial (Ico)  para ayudar a empresas y autónomos a navegar la crisis sin sufrir asfixias por liquidez apenas ha presentado impagos gracias a las carencias, pero antes de que venzan comienza a inquietar por su singularidad. La activación del escudo público será con cuentagotas cuando se declaren impagos, dichos fallidos no podrán venderse como se hace con otras carteras y la simple existencia de operaciones-ICO interfiere en las financiaciones nuevas porque el organismo exige beneficiarse de las garantías que se aporten, aunque no las respalde con su aval, según elEconomista.

Al cierre de abril sus líneas habían movilizado 138.501,80 millones en financiación hacia el tejido productivo y respondería por el 76,14% de la cuantía (con 105.542 millones). El riesgo asumido por la banca se limita así a 33.049,30 millones, lo que supone un gran confort para las entidades sobre el papel

“La garantía no penaliza capital ni provisiones, sino todo lo contrario. El tramo garantizado, al tener garantía con aval público, se considera con menor riesgo que el tramo no garantizado tanto a efectos de provisiones como a efectos de capital. El importe a provisionar será menor porque la garantía funciona como una reducción de la pérdida esperada final”, explica el Senior Director de Alvarez & Marsal, Eduardo Areilza.

“Las líneas ICO Covid-19 han sido un instrumento de provisión de liquidez clave para la viabilidad de muchas empresas en sectores afectados por la pandemia”, subraya a su vez el socio del departamento de bancario y financiero de Squire Patton Boggs, Manuel Mingot, poniendo en valor la utilidad de la herramienta para evitar quiebras por el shock de la pandemia. En conjunto, se han firmado, de hecho, más de 1,17 millones de operaciones con escudo público y el 98% en favor de pymes y autónomos.

Sin embargo, su gestión será un desafío afloren o no impagos. Para el primer caso, el ICO ha habilitado una especie de ventanilla trimestral donde la banca reportará las operaciones dudosas -90 días mínimos sin cobrar la cuota- y recibirá la parte correspondiente del aval. El organismo dispondrá de un máximo de 60 días para satisfacer dichas cuantías a contar a partir del reporte, alargando así el abono en 5-6 meses desde que se produce el fallido y, como irá cuota a cuota, el problema podría quedar enquistado en balances los 5-10 años de plazo que tengan las operaciones.

Sacarlo de balance para su venta no es opción. “Los préstamos ICO no son fácilmente cedibles a terceros dado que las condiciones de elegibilidad de las entidades acreedoras que pueden resultar beneficiarias de este tipo de avales están tasadas por ley. En particular, los fondos de financiación alternativa (que son normalmente los interesados en comprar carteras de préstamos morosos o NPLs) no cumplen con dichos requisitos, por eso es difícil paquetizar y vender este tipo de préstamos”, interpreta Patricia Álvarez, socia de Cuatrecasas. “Tampoco está claro -agrega- que sea posible cederlos vía sub-participaciones o titulizaciones, ya que el riesgo de perder la garantía otorgada por el Estado es demasiado elevado”.

La opción queda así vetada, salvo que la entidad renuncie al escudo. Pero es que, más allá de la propia recuperación, financiar y refinanciar a un cliente avalado por el organismo público también condiciona dichas operaciones.

La simple existencia del escudo público ha comenzado a interferir en las financiaciones nuevas porque el Gobierno ha impuesto que las garantías “sean consideradas pari passu” en operaciones con dinero nuevo. Es decir, el ICO debe beneficiarse de las garantías reales que se aporten para otras financiaciones si el cliente tiene alguna operación con aval Covid-19. Una situación que, según la socia de Cuatrecasas, está provocando “que la deuda avalada se esté convirtiendo, en ocasiones, en una deuda molesta no solo para las entidades a la hora de conceder operaciones de dinero nuevo, sino también para los propios deudores, en lo que respecta a valorar sus posibilidades de financiación o refinanciación”.

Y en reestructuraciones, las posibilidades de negociación con la deuda avalada están muy restringidas. “El acuerdo del 11 de mayo de 2021, que supuso la aprobación del Código de Buenas Prácticas, establece que, en vía extrajudicial, lo máximo que puede conceder la entidad financiera es un fraccionamiento, un aplazamiento de un año, con lo cual realmente no se permiten quitas ni se permiten otras medidas de reestructuración”, expone el socio del departamento de bancario y financiero de Squire Patton Boggs. “Estas restricciones son contradictorias con la consideración de la deuda de los préstamos ICO Covid-19 como pasivo financiero a efectos de la homologación de los acuerdos de refinanciación en el Real Decreto-ley 5/2021”, observa.

Lo que subyace en todos los supuestos es máximas garantías para minimizar la activación de los avales, cuyo desembolso se traducirá en déficit público a cargo del Erario. “En las refinanciaciones y reestructuraciones, el ICO quiere posicionarse en tres o cuatro frentes. Uno: la amortización anticipada, que no pueda amortizarse deuda no avalada si hay deuda viva con línea avales ICO-19. En ese caso debe amortizarse anticipadamente preferentemente la deuda ICO. Segundo: en la toma de garantías reales por el rango pari passu, que se le extiendan las garantías reales a la financiación avalada. Y tercero: en las operaciones de reestructuración que requieren otro tipo de ayudas con Sepi o Cofides, ya que adicionalmente se exige la autorización expresa y puntual del ICO por las posiciones que tiene con las líneas de avales Covid-19″, resume el experto de Squire Patton Boggs.

“Tengamos en cuenta que, al final, el aval lo da el Estado y el Estado somos todos, por eso es especialmente protector. Esto va a llevar a que las entidades tengan que hacer un juicio de valor y sopesar si, vista toda la deuda del cliente, les compensa o no renunciar al aval”, reflexiona a su vez el presidente de la Asociación Nacional de Entidades de Gestión de Cobro (Angeco), Carlos Ruiz Cabrera, convencido de que las compañías de su sector pueden jugar un buen rol como aliado de la banca.

“Podemos ayudar a gestionar esa recuperación de deuda desde un comportamiento muy sensible con los deudores, los empresarios y autónomos que han recibido las ayudas del Estado a través de los préstamos ICO y desde un comportamiento ético con nuestro código de conducta. Hay que recuperar la ilusión de la gente, no solo recuperar el crédito, y ahí las empresas del sector pueden ayudar mucho a la gente a salir de esa situación”, manifestó.

Eduardo Areilza, senior director de A&M, cree que se tenderá a realizar “un proceso recuperatorio unificado” con créditos avalados y no avalados, “lo que facilitaría la solución para cada cliente”. “En función de la perdida final incurrida la garantía cubriría dicho importe”, estimó. En su opinión, “tendremos que ver qué pasa durante el segundo semestre para tener una idea del tamaño del potencial impago” dada la existencia de las carencias, pero precisa que la banca tiene hucha para encararlo gracias a que no ha liberado gran parte de las provisiones dotadas en 2020.

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