Los NO-Derechos de los presos en España. Cap. 1: Comunicaciones con el exterior

31 de mayo de 2025
3 minutos de lectura
Ana Julia. | EP

“Una buena conciencia no teme a ningún testigo” –Lucius Annaeus Séneca

​Comienzo esta serie de artículos precisamente con el tema de las comunicaciones de los presos con el exterior, debido a la noticia del famoso teléfono de Ana Julia, conseguido mediante favores sexuales a uno o varios funcionarios de la cárcel de Ávila.

Los presos, en España, tienen Derecho a comunicarse con el exterior. Y así se desprende de la lectura de los artículos 2, 3 y 51 de la Ley Orgánica General Penitenciaria. Pero no al contrario. Los familiares y allegados de los presos no pueden llamar por teléfono al interno, tan solo pueden comunicar con él vía correo ordinario. (Dejo para el capítulo 2 las comunicaciones vis a vis y por “cristales”).

Cada interno tiene derecho a efectuar 20 llamadas de 8 minutos. (Creo que han subido a 25) a la semana, a sus familiares y allegados, con un total de 10 contactos. No más. Las llamadas a su abogado o abogados son ilimitadas.

Cuando yo cumplía condena, hasta el 2023, cada llamada desde la cabina de Telio (filial de telefónica) a un móvil me costaba 2,50 euros. Lógicamente las cabinas no funcionan con dinero, con monedas. Antes, funcionaban con tarjetas de telefónica de 5 o 10 euros. Pero el sistema se modernizó y ahora es todo telemático. Lo que implica un mayor control del interno, que en definitiva es de lo que se trata.

El interno puede cargar su tarjeta virtual comprando en el economato recargas de 5 o de 10 euros. Los familiares o allegados autorizados te pueden recargar en la aplicación externa de Telio.

No dicen que los teléfonos móviles están prohibidos. ¿Dónde lo pone? En ningún sitio de la Ley o del Reglamento ¡Lógico! Son anteriores a que los móviles tuvieran el auge que tienen en estos momentos.

¿Porqué están prohibidos los móviles? ¡Por seguridad! Nos dicen. ¡Para evitar la comisión de delitos! Nos cuentan ¡Para impedir la continuidad delictiva! Nos quieren convencer.

Mentira. Están prohibidos, primero por comodidad. Por la comodidad de los funcionarios, claro. Menos trabajo. Y segundo, porque si se permitieran los móviles actuales, con cámara y grabación de audio, se sabría fuera de la cárcel lo que sucede dentro. Los abusos, las palizas, las prevaricaciones, los chanchullos, las mentiras que te cuentan los miembros del equipo técnico, etc.

De esa forma, tú como preso, puedes denunciar lo que quieras, que le darán la razón a la cárcel, siempre. Dicen los funcionarios que es por seguridad y para cumplir la ley de protección de datos. Que, si no se puede grabar a otros internos y las zonas comunes, etc. que, para preservar la intimidad de los presos, etc. Etc.

La triste realidad es otra. Permitir grabaciones y contactos ilimitados sería como el lavado de cara de esta institución. Una institución cerrada, la institución cerrada por excelencia, la cárcel, perdería ese apellido: “Cerrada” y pasaría a ser “abierta”. Y eso no lo pueden permitir nuestros carceleros.

Creo que existe en otras cárceles, pero yo tan solo lo he vivido en la cárcel de Vitoria: El día de puertas abiertas, para familiares y allegados. Un día en el que la familia puede entrar en la cárcel, hasta el módulo. Hasta las celdas. Para así puedan ver con sus propios ojos dónde y como viven sus padres, sus hijos, sus hermanos, sus seres queridos que están cumpliendo una condena en la cárcel.

​Con respecto a las cartas, al correo ordinario, en principio son ilimitadas, tanto de entrada como de salida, salvo que tengas las comunicaciones intervenidas, lo cual te reduce las llamadas de teléfono a 12 y las cartas a 2 semanales.

El correo ordinario se abre delante del interno para evitar que entren objetos prohibidos. No se lee lo que pone en las cartas, salvo si tienes las comunicaciones intervenidas que te sacan fotocopia de lo que te llega y de lo que mandas y se graban las conversaciones telefónicas.

Con respecto al acceso a internet, aunque existe una modificación del Reglamento de abril del 22 para ir dando acceso a los internos a la red, tardará mucho en llegar. Si llega. Por lo mismo. Por la vagancia, la desidia y la dejadez de nuestros políticos y de nuestros funcionarios de prisiones.

Después te llega la Seguridad Social o Hacienda y te dice que te han comunicado a través del buzón virtual algo y que se ha convertido en firme y ya no tienes posibilidad de recurrir, que se te ha pasado el plazo. ¡Con dos cojones!

Y por último una reflexión. Si los móviles están prohibidos por seguridad, para evitar la comisión y la continuidad delictiva de los internos, ¿cómo se consiguen esos objetivos si los presos nos podemos comunicar mediante las llamadas de teléfono y el correo ordinario?

No hay que ser muy listo: escuchando las conversaciones telefónicas y grabándolas e interviniendo el correo ordinario. Porque en caso contrario no se puede ni prevenir ni evitar la comisión de nuevos delitos o la reiteración delictiva de los presos. Y un apunte más. Son precisamente los delincuentes más importantes, los capos de la droga, los jefes de las mafias, los que tienen los teléfonos móviles, los que viven en el botiquín en una celda el doble de grande que las normales y sin cerrar y que tiene la comida a la carta traída de algún restaurante amigo.

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