Alberto González Amador, pareja de Díaz Ayuso, sigue siendo cliente del abogado Carlos Neira. Y también ayer, al declarar como testigo ante el juez Ángel Hurtado, Neira le prestó sus servicios, aunque no al 100%
Carlos Neira, abogado y ex alto cargo de Hacienda, no podía fallarle a su cliente, Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid. Porque sigue estando a su servicio. Y este martes 27 también se lo prestó en su declaración testifical.
González Amador declaró el pasado viernes 23 de mayo que no conoció el correo del 2 de febrero de 2024, donde Neira, “de común acuerdo” con González Amador -así rezaba- confesaba dos delitos fiscales y se mostraba dispuesto a llegar a un pacto de conformidad con la Fiscalía de Madrid para reembolsar las cuotas defraudadas por su empresa Maxwell Cremona (ganó 2 millones de euros por intermediario en la venta de mascarillas durante la pandemia y dejó de ingresar cuotas por 350.951 euros en los ejercicios 2020 y 2021, según la inspección de Hacienda).
Pues este martes 27 de mayo, Neira dijo que, en efecto, no le mostró el correo del 2 de febrero de 2024. Este fue el servicio pactado entre él y González Amador. Neira cumplió.
Pero todo lo que dijo, salvo eso, confirma que González Amador estaba puntualmente al corriente de la propuesta de ocho folios que elaboró Neira, como no podía ser de otro modo.
A saber: que se admitían -base para negociar con la Fiscalía- los dos delitos fiscales y se proponían las condiciones: 4 meses de cárcel para cada uno de ellos, 40% de multa; intereses de demora, en total 520.000 euros.
Todo esto arranca el 30 de enero de 2024 en una reunión de Neira y González Amador. El 2 de febrero, tras obtener luz verde de González Amador, Neira envía el correo a la Fiscalía de Madrid (al fiscal Salto ya la jefa de delitos económicos, Virginia Alonso). Y también se lo envía a un miembro de la abogacía del Estado a quien conoce de participar en este tipo de pactos –Julián Martínez Simancas- para ir “preparando” el terreno de la negociación.
El 12 de febrero de 2024, cuando Neira recibe respuesta a su correo del 2 de febrero de parte del fiscal Salto diciendo que, en efecto, es posible negociar -siempre teniendo en cuenta que habrá una denuncia ante los juzgados por tratarse de delitos fiscales- Neira lo comenta con González Amador. Cuando Salto le envía copia de la denuncia de la Fiscalía, el 12 de marzo, Neira da cuenta a González Amador. Y cuando se encuentra con él en los juzgados de Plaza de Castilla el 15 de febrero -no por el caso de la pareja de Díaz Ayuso- y pese a haber estallado el caso en los medios, vuelve a ratificar la negociación. Y otra vez, en medio del ruido mediático, Neira analiza ese encuentro con el fiscal Salto.
Pues, salvo por lo que respeta al correo del 2 de febrero, que Neira habría omitido a González Amador, ambos forman una pareja perfecta que se quiere y aprecia (tanto que el primer sigue siendo su abogado) inmune a los acontecimientos.
Si González Amador, como ha narrado Neira con detalle sabía todo lo que se negociaba y que, en rigor, contenía el correo del 2 de febrero de 2024, ¿que queda de la ignorancia invocada por González Amador ante Hurtado el viernes 23 de mayo? Solo el envoltorio -es decir, el correo del 2 de febrero.
Pero ni eso.
Porque como hemos probado en estas páginas – González Amador dio luz verde a ese correo por el contenido que ya conocía.
Es más, en su querella criminal contra los fiscales, González Amador asume el 21 de diciembre de 2024 para sí mismo el contacto con la Fiscalía de Madrid tras la reunión que ahora sabemos por Neira fue el 30 de enero.
He aquí lo que dice la querella: «D. Alberto González Amador …se puso inmediatamente en contacto, el 2 de febrero de 2024 y mediante correo electrónico, con el Ministerio Fiscal, para canalizar y alcanzar, en la forma prevista por la legislación penal y de la forma más pronta posible, la figura análoga a las actas de conformidad ya alcanzadas en sede tributaria, esto es, la conformidad penal. En respuesta a la comunicación anterior, el Fiscal responsable del procedimiento D. Julián Salto Torres , comunicó el día 12 de febrero de 2024 por correo electrónico al abogado de D. Alberto González Amador que tomó nota de la voluntad de alcanzar la conformidad, quedando en seguir en contacto para avanzar en las negociaciones».
Por tanto, esto es lo que Gómez Amador dice en su querella.
Que “se puso inmediatamente en contacto, el 2 de febrero de 2024, y mediante correo electrónico con el Ministerio Fiscal para canalizar y alcanzar…la conformidad penal”.
¿Queda alguna duda de que sabía lo que estaba haciendo?
Y si no sabía, Por qué solicitaba la siguiente diligencia entre las que pedía realizar: » Se requiere al letrado D. Carlos Neira para que se remita relación y copia del soporte de las comunicaciones mantenidas (emails recibidos y enviados) con el Ministerio Fiscal con ocasión de la defensa de D. Alberto González Amador antes y después de hacerse público el comunicado de la Fiscalía Provincial de Madrid el 14.03.2023″.
¿Pide a alguien una diligencia como esta, asistido como está por abogados penalistas conocidos, sin saber lo que puede arrojar su resultado?
Se han agarrado a la coartada del correo. Un careo podría ser útil para delimitar las contradicciones y decidir si se aprecia motivo para deducir testimonio a los juzgados de Madrid ya que ambos han declarado como testigos y planea algo más que la sombra de un delito de falso testimonio del 458 del Código Penal.
En paralelo, la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado sentencia en la demanda de presunta vulneración del honor presentada por González Amador contra la vicepresidenta María Jesús Montero, en relación con sus manifestaciones públicas relativas al intento de defraudación fiscal de la pareja de Díaz Ayuso y al hecho de que el presidente de la Comunidad de Madrid vive en un piso pagado con las cuotas defraudadas a Hacienda.
La sala de cuatro magistrados, con ponencia de Pedro José Vela Torres, señala que González Amador es un personaje público por ser la pareja de la Comunidad Autónoma de Madrid, Díaz Ayuso, que está implicado en “un proceso penal de gran notoriedad mediática.
“Por lo que no puede evitar quedar sometido al escrutinio público (“la mujer del César”), más aún si lo que se critica es que ese cargo político disfrute de un supuesto elevado tren de vida proveniente de la actividad profesional o empresarial de su pareja”. Los cuatro magistrados fallan a favor de desestimar la demanda, empero, “las dudas de derecho que conlleva el juicio de ponderación expuesto aconsejan no hacer expresa imposición de costas”.
Problema: que González Amador no solo no ha ganado los 40.000 euros que exigía a Montero habitaba cuenta de que0 tenía “en cartera” 17 demandas más, empezando por el presidente de Gobierno, Pedro Sánchez, a quien exigían 100.000 euros.
La sentencia supone una actualización de la jurisprudencia constitucional vigente. Pero no por ello deja de ser un nuevo precedente, por ejemplo, para la demanda interpuesta por la misma abogada -Guadalupe Sánchez- contra el ex presidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla, de parte del rey honorífico Juan Carlos I residente en Emiratos Árabes Unidos (EAU).