Hoy: 30 de diciembre de 2024
Una discusión entre dos trabajadoras de una residencia de mayores en Olmedo ha terminado en los tribunales, después de que una de ellas fuera sorprendida, aparentemente in fraganti, rayando el coche de la otra, informa Confilegal.
Las cámaras de vigilancia del lugar captaron el momento, lo que fue clave en la condena posterior. El incidente ocurrió tras una tensa discusión entre las dos compañeras de trabajo.
Las protagonistas del conflicto, identificadas con los nombres ficticios de Ariadna y Amelia, habían mantenido una relación laboral conflictiva, marcada por la tensión y el estrés del entorno en el que trabajaban. El 4 de noviembre de 2022, tras una acalorada discusión, Ariadna encontró su coche con varios daños, todos concentrados en el lateral izquierdo del vehículo.
El coche de Ariadna presentaba arañazos en el faro trasero, las puertas y la aleta delantera, con daños valorados en 560 euros. Al no estar los desperfectos cuando llegó a trabajar, las sospechas recayeron en Amelia, la última persona vista cerca del coche antes de que se produjeran los daños.
Las cámaras de vigilancia de la residencia captaron a Amelia saliendo y entrando del edificio a las 10:20 horas, coincidiendo con el momento en que ocurrieron los daños. En las imágenes, se la ve acercándose al coche, sacando un objeto del bolsillo, aunque no es posible identificarlo. La secuencia sugiere que el daño fue causado en ese momento, según recoge la sentencia.
El Juzgado de Instrucción nº2 de Medina del Campo condenó a Amelia el 22 de marzo de 2024 por un delito leve de daños. Se le impuso una multa de dos meses, a razón de ocho euros diarios, además de una indemnización de 300 euros a Ariadna y 260 euros a la aseguradora Plus Ultra, que cubrió parte de los daños del vehículo.
Sin embargo, Amelia decidió recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial de Valladolid, argumentando que las grabaciones de las cámaras de seguridad vulneraban su derecho a la intimidad. También alegó un error en la valoración de las pruebas, ya que según su defensa, no se podía demostrar que fuera ella quien causó los daños en el coche.
El tribunal rechazó las alegaciones de Amelia, afirmando que las cámaras no violaban sus derechos fundamentales, ya que captaban imágenes en un espacio público y no restringido. Además, se destacó que Amelia era plenamente consciente de la existencia de dichas cámaras y no había cuestionado su uso con anterioridad.
Finalmente, la Audiencia Provincial concluyó que las pruebas presentadas, incluidas las imágenes de las cámaras de vigilancia, eran suficientes para confirmar la responsabilidad de Amelia en los daños al coche. Por lo tanto, se desestimó su recurso de apelación, ratificando la sentencia anterior.