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La defensa de Griñán presentará un incidente de nulidad contra la sentencia

Chaves y Griñán

El expresidente andaluz, Hugo Chaves (izquierda) y el expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán (derecha) | Fuente: Europa Press

El abogado insiste en que se ha producido “un sufrimiento añadido o innecesario” cuando el Supremo emitió el veredicto en dos actos

José María Calero, abogado del expresidente andaluz José Antonio Griñán, ha explicado que presentará un incidente de nulidad contra la sentencia del Tribunal Supremo que condena a su cliente a seis años de cárcel por malversación en el caso de los ERE. La decisión la ha tomado por el modo en que se produjo dicha sentencia, en dos actos separados.

En declaraciones a EFE, el letrado ha señalado que el modo de pronunciar la sentencia en dos actos separados ha provocado que su defendido “tuviera la condición de condenado sin sentencia”, algo que ha podido producir “un sufrimiento añadido o innecesario que hay que ver si puede compensarse con un aminoramiento de la pena”.

El abogado ha añadido que hay dos motivos que se presentaron en su recurso a los que el tribunal no ha dado respuesta. “El primero parece que es un error o una omisión involuntaria al confundir un apartado con otro, y el otro da una respuesta conjunta con otros motivos de recurso que a nuestro juicio no tiene nada que ver”, ha explicado.

“En nuestro recurso de casación decimos que esa pasividad que se atribuye al consejero se contradice con documentos que identificamos y que permiten asegurar que todo lo que solicitó cada año la intervención al consejero, él lo elevo a ley, por lo que no existe tal pasividad”, ha asegurado Calero.

Por otra parte, el abogado ha señalado que considera que vulnera el derecho de defensa el hecho de que “el tribunal de Sevilla comenzara diciendo que las ayudas no formaban parte del derecho de enjuiciamiento para finalmente utilizar las ayudas para construir la sentencia por malversación”.

El incidente de nulidad se refiere también a lo que “en el voto particular se define como que el Tribunal Supremo va más allá que la Audiencia de Sevilla. “Entendemos que puede haber una lesión del principio de presunción de inocencia si el Tribunal Supremo hace afirmaciones de hecho que van más allá de lo que se tuvo por probado en la Audiencia Provincial de Sevilla”, añade.

“El voto particular tiene mucha importancia porque asume la absoluta falta de pruebas sobre que desde la Consejería de Economía se pudiera conocer los supuestos delitos que se estuvieran cometiendo desde la Dirección General de Trabajo. Quien comete un delito lo hace con una opacidad. No es razonable entender que se pueda conocer por todo el mundo”, ha declarado.

Sobre el indulto para Griñán, el abogado ha dicho que es algo “estrictamente familiar” y por tanto su contenido se refiere a circunstancias personales y familiares que “hay que respetar”. “Se intenta politizar, y no es así; es un indulto familiar por razones de humanidad”, ha concluido.

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