Hoy: 23 de noviembre de 2024
La Fiscalía solicita una pena de dos años y seis meses de prisión para el exconcursante de ‘Gran Hermano Revolution’, José María López Pérez, por un delito de abusos sexuales contra Carlota Prado, también exconcursante de esta edición. Asimismo, se reclama una indemnización de 6.000 euros por los daños morales causados a la víctima, idéntica cantidad que a la productora del programa por los daños ocasionados a raíz de la exhibición a la perjudicada en las imágenes grabadas.
El juicio se celebrará este jueves a partir de las 9.30 horas y el día 8 después de que el pasado febrero la jueza suspendiera la vista oral al no presentarse la víctima por “problemas psiquiátricos”, tal y como manifestó su abogado. Se paralizó la vista hasta que la joven fuera valorada por un médico forense. En el informe pericial de la clínica forense se concluye que la víctima puede declarar como testigo.
El escrito de acusación señala que ‘Gran Hermano Revolution’ es un reality televisivo emitido por Telecinco, cuya productora era Zeppelin Televisión S.A.U., y que se desarrollaba en una casa situada en la localidad de Guadalix de la Sierra.
En este sentido, la Fiscalía recuerda que el objeto del programa es la retransmisión durante 24 horas de la convivencia de los participantes conforme al reglamento de convivencia del programa, “del que se deduce una relación de trabajo de los concursantes con la productora”.
Los hechos se remontan al 3 de noviembre de 2017, cuando se organizó una fiesta en el interior de la casa “en la que el programa suministró a los concursantes bebidas alcohólicas“.
En esa misma vivienda se encontraba la también la concursante Carlota Prado, con quien el acusado había comenzado una relación sentimental unos días antes.
La joven, que durante el transcurso de la fiesta había ingerido “escasos” alimentos, bebió “al menos” cuatro chupitos de tequila, “por lo que alcanzó un estado de embriaguez que fue acentuándose y evidenciándose a partir de la media noche”.
Así, sobre la una y media de la madrugada del día siguiente y, cuando ambos se encontraban en el dormitorio que ocupaban, José María López Pérez, “que ya se había desprendido de sus pantalones”, ayudó a la otra concursante a descalzarse y a introducirse en la cama que venían compartiendo. En ese momento, según afirma la Fiscalía, la joven conservaba puesta la “totalidad” de su vestimenta.
Acto seguido el acusado se introdujo en la cama mientras que la joven permanecía en silencio “en posición decúbito supino y con los ojos cerrados, realizando movimientos lentos y pesados, debido a su estado”.
José María López Pérez, “guiado por un ánimo libidinoso y a sabiendas del estado de semiconsciencia en que se encontraba y aprovechándose de esta circunstancia, comenzó a realizar bajo el edredón movimientos de claro contenido sexual, pese a que balbuceando débilmente, dijo “no puedo”.
A continuación, el acusado apretó su cuerpo contra el de la joven “en aras de satisfacer su deseo sexual, pese a que ella hasta en dos ocasiones levantó la mano como queriendo decirle que parara“.
Al mismo tiempo, José María López Pérez pidió “en varias ocasiones a la concursante que abriera los ojos, pero la víctima permaneció inmóvil“. Cuando ya el acusado le preguntó cómo se encontraba, ella “sólo” acertó a responder que se quitara, “momento en que aquella se giró quedando de espaldas al acusado”.
La Fiscalía pone de manifiesto en su escrito que José María López Pérez, tras cubrir a ambos con un edredón “continuó realizando tocamientos, frotamientos y movimientos de contenido netamente sexual, despojando a la víctima de su vestimenta, liberándole parcialmente de su ropa interior y desabrochándole el sujetador, pese a que ésta se encontraba ya en estado de inconsciencia”.