El TSJA condena a diez años de cárcel a un padre por abusar de su hija menor discapacitada

20 de octubre de 2022
1 minuto de lectura
Real Chancillería de Granada, sede del TSJA. |Fuente: Jebulón, CC0, via Wikimedia Commons

El TSJA en su sentencia rechaza los tres motivos de apelación de la defensa, que entre otras cuestiones planteaba que la condena era injustificada por considerar que no había pruebas de cargo que acreditaran su culpabilidad

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado íntegramente la sentencia de la Audiencia de Jaén en la que se condena a un padre, de 44 años, por abusar sexualmente de su hija, de seis años, que «padece retraso del desarrollo intelectual de ligera gravedad». Una condena establecida al considerar que el procesado, «en al menos una ocasión, mantuvo relaciones sexuales con la niña».

La sentencia, ahora confirmada por el TSJA, estableció en octubre de 2021 la prohibición de acercarse y comunicarse con la menor durante cinco años por encima del tiempo de la condena, además de privar al acusado de la patria potestad por el mismo espacio de tiempo y de inhabilitarle para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto con menores, junto con cinco años de libertad vigilada. Asimismo, se le impone como responsabilidad civil que indemnice a la menor en 25.000 euros.

El TSJA en su sentencia rechaza los tres motivos de apelación de la defensa, que entre otras cuestiones planteaba que la condena era injustificada por considerar que no había pruebas de cargo que acreditaran su culpabilidad.

En la sentencia del Alto Tribunal Andaluz, a la que ha accedido Europa Press, se establece que «la prueba decisiva» la aportó un hombre que en julio de 2028, sin saber precisar fecha exacta, de madrugada se asomó a la ventana y vio en una vivienda cercana a una menor haciendo una felación a un hombre. El dormitorio donde se produjeron los hechos pertenecía al acusado y era en el que dormía con su hija.

A esta prueba, el tribunal le suma el informe de evaluación y diagnóstico realizado a la menor por dos peritos de la Fundación Márgenes y Vínculos, así como el testimonio de una mujer de acogida para la atención de la menor, tras declararse su desamparo.

El TSJA concluye que «no se vulneró el derecho a la presunción de inocencia del acusado, y tampoco incurrió la Audiencia en ningún error patente en la valoración de las pruebas que se deba corregir». Es por ello por lo que decide confirmar la sentencia, que todavía puede recurrirse en casación ante el Tribunal Supremo.

Responder

Your email address will not be published.

No olvides...

Médicos de toda España protestan contra la reforma de su estatuto: «Somos médicos, no esclavos»

En Sevilla, más de 20.000 personas se han congregado en una manifestación histórica en defensa de la sanidad pública…

Miles de personas toman las calles de 40 ciudades españolas para protestar por el derecho a una vivienda digna

En Sevilla, alrededor de 3.000 personas han marchado desde el Parlamento hasta la Plaza Nueva y allí se han unido…

Juezas y Jueces para la Democracia pide a las comunidades autónomas no abandonar la reforma judicial

El portavoz Edmundo Rodríguez insiste en que la sociedad necesita una administración de justicia más ágil y dinámica…

Los obispos españoles, de acuerdo con el proceso de resignificación del Valle de los Caídos

La Iglesia ha defendido desde el principio la continuidad del culto en la basílica, la presencia de la comunidad benedictina…