El juez de apoyo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha acordado el sobreseimiento de la causa abierta por un presunto delito contra el medio ambiente contra Emasesa y seis personas investigadas por supuestos vertidos de tres estaciones depuradoras de Sevilla, en concreto, las de Copero, Tablada y San Jerónimo, informa Poder Judicial. El juez considera que la existencia de informes periciales contradictorios no permite deslindar “y dilucidar la posible vinculación y contribución de los vertidos de las EDAR al deterioro y empeoramiento de la calidad del medio receptor; al menos, con la certeza y seguridad necesarias para estimar concurrente una conducta delictiva”.
El auto explica que los Informes del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses junto con los elaborados por el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (SEPRONA) permiten deducir -aún de forma indiciaria- la concurrencia de una alteración sustancial de la calidad del medio receptor de los vertidos. Así, de estos informes, sería posible deducir que “los vertidos de las EDAR de Copero, Tablada y San Jerónimo podrían haber causado de manera efectiva daños sustanciales a la calidad del agua y habrían podido -al menos, en potencia- perjudicar el equilibrio de los sistemas naturales”.
Pero esas conclusiones, añade la resolución, “aparecen severamente contradichas por los demás informes periciales”, no ya los aportados por las defensas de los investigados sino también -y principalmente- por los Informes aportados y elaborados por el perito judicial, “en los que viene a concluir que no puede afirmarse que los vertidos de fósforo y nitrógeno llevados a cabo en los años investigados tuvieran potencial suficiente para provocar una afectación grave a la calidad del medio receptor o daños sustanciales al medio natural”.
Así, aunque resultaría “factible deducir que los cauces receptores de los vertidos de las EDAR investigadas estarían deteriorados”, el auto explica que los informes periciales ponen de manifiesto “la posible incidencia de otros agentes contaminantes”. De tal manera que “si bien los vertidos de las EDAR podrían determinar los consiguientes elevados niveles de nitrógeno y fósforo detectados, también se constatan otros factores y otras posibles causas que habrían de incidir en la mala de calidad de las aguas”.
Por ello, concluye, “no es posible deducir con la suficiente solvencia -exigible para mantener un sustento acusatorio consistente en un eventual plenario-, la existencia de una actuación ilícita que pueda ser calificada como propiamente delictiva, de relevancia penal, imputable a Emasesa y a las seis personas investigadas.