Lo que la DGT recomienda en caso de encontrarnos con un incendio en la carretera

22 de agosto de 2025
1 minuto de lectura
Imagen de archivo de un incendio afectando a una autovía española / Josep Curto

En caso de verse bloqueado o desorientado dentro de un fuego, se aconseja llamar de inmediato a Emergencias

España atraviesa en las últimas semanas una oleada de incendios devastadora. El fuego ha dejado varios fallecidos y ha arrasado más de 350.000 hectáreas, superando ya las 400.000 en lo que va de año. La situación ha obligado a la Dirección General de Tráfico (DGT) a restringir la circulación en diversas carreteras durante varios días.

La DGT advierte de que el riesgo de incendios sigue siendo extremo. Por ello, insiste en la importancia de estar permanentemente informados para evitar carreteras cortadas o zonas afectadas. Además, el organismo ha difundido una serie de recomendaciones para actuar en caso de encontrarse con un incendio en carretera, según recoge 20minutos.

Si te encuentras con un incendio en la vía…

Lo más habitual es que la Guardia Civil de Tráfico realice cortes preventivos. Estos cierres buscan facilitar el trabajo de los equipos de extinción o proteger a los conductores de las vías cercanas al fuego. En esos casos, la recomendación principal es mantener la calma y seguir siempre las indicaciones de los agentes.

La DGT subraya que nunca se debe atravesar un incendio. «No lo debes atravesar bajo ninguna circunstancia«, advierte. El humo puede desorientar al conductor, por lo que lo ideal es dar la vuelta y avisar a los servicios de emergencia.

En caso de verse bloqueado o desorientado dentro de un incendio, la DGT recomienda llamar de inmediato a Emergencias. En estas situaciones es difícil encontrar una salida por cuenta propia, ya que resulta complicado prever la dirección que tomará el fuego.

¿Es obligatorio llevar un extintor en el coche?

La DGT señala que no es obligatorio para turismos particulares, aunque sí muy recomendable. El Reglamento General de Vehículos establece en su Anexo XII que:

«Los autobuses, así como los vehículos mixtos y los automóviles destinados al transporte de mercancías, estos dos últimos de masa máxima autorizada superior a 3.500 kg, y los conjuntos de vehículos no especiales, deberán llevar, además de la dotación que se establece en el apartado 1 a) y b), un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso»

Los conductores de este tipo de vehículos que no porten el extintor se enfrentan a sanciones que pueden alcanzar los 200 euros.


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