Corinna se asegura que el acoso se investigará en Londres

19 de julio de 2022
5 minutos de lectura
El rey Juan Carlos I
Juan Carlos I con su expareja y ahora demandante en el juicio de Londres, Corinna Larsen. | Fuente: Europa Press

El caso Corinna zu Sayn-Wittgenstein-Sayn & Juan Carlos Alfonso Víctor María de Borbón y Borbón, como se denomina la demanda de Corinna, examante de Juan Carlos I, será investigado por el juez del Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales Matthew Nicklin- y podría, si no median imponderables o un acuerdo in extremis, terminar en un juicio. Esta es la principal conclusión de la audiencia que se ha celebrado este lunes 18 de julio en la Corte de Apelaciones, división civil, del Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales. 

Los dos jueces – Nicholas Underhill y Peter Jackson- han dado autorización a la nueva defensa de Juan Carlos I -el bufete Carter-Ruck- para recurrir a favor de su inmunidad mientras era rey de España y jefe de Estado, hasta mediados de junio de 2014. 

La sentencia del pasado 24 de marzo

Esto es lo que se deduce de los tres puntos por los que se le ha autorizado recurrir la sentencia del 24 de marzo del juez Nicklin: un presunto test equivocado sobre la inmunidad funcional (llamada rationae materia), una crítica a la orientación dada por el juez Nicklin en su sentencia a la demandante para corregir su escrito inicial de demanda, y, finalmente, la sugerencia del juez Nicklin de que se puede diferir y revisar una “resolución sobre la inmunidad” en una fase posterior de la investigación. 

Los jueces rechazaron autorizar el recurso en el asunto de la pertenencia de Juan Carlos I a la Casa Real de Su Majestad el Rey Felipe VI (royal household immunity), tras escuchar argumentos como el de que el emérito figura en el sitio web de la Casa Real, entre otros.  

El hecho de que viva en Abu Dabi y la circunstancia de que no dependa económicamente de la Casa Real -un principio establecido en la jurisprudencia de la Corte de Apelaciones, según recordó el juez Nicklin en su sentencia-, así como las circunstancias que han rodeado el distanciamiento entre Juan Carlos I y Felipe VI han contribuido a zanjar este punto a favor de Corinna. 

Breve deliberación: tan solo unos pocos minutos

Los jueces se retiraron a intercambiar opiniones tras escuchar los argumentos del nuevo barrister-portavoz de la defensa y del encargado de la demandante. Y en pocos minutos regresaron para anunciar su decisión, que aportarán este jueves o el viernes por escrito sobre las razones para aceptar los tres puntos señalados y rechazar el cuarto. 

Juan Carlos I ha renunciado al primer punto de su estrategia anterior: exigir la inmunidad por ser “soberano” y ex jefe de Estado de España. 

En el tema de la inmunidad de Juan Carlos I como miembro de la Casa Real, el barrister James Lewis fue particularmente irónico antes de conseguir el rechazo de los jueces a autorizar el recurso. “Claro que todo puede cambiar. Señoría, si recibimos una carta del rey de España Felipe VI donde nos diga que Juan Carlos I forma parte de la Casa Real, ello cambiaría las cosas”. Uno de los jueces siguió la ironía: “Esa carta no llegará…”, señaló. Y, así, entre bromas y veras, la royal household immunity quedó atrás. 

Otro de los asuntos que este lunes volvieron al primer plano es el del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y de su entonces director, el general Félix Sanz Roldán. La defensa de Juan Carlos I sostiene con mayor claridad ahora que en sus alegaciones anteriores, que Sanz Roldán actuó en los hechos que se describen en la demanda de Corinna (que se niegan) “claramente de servicio” (plainly on duty). 

En otros términos, Juan Carlos I en su función oficial como superior de Sanz Roldán habría conseguido que este como parte de su función oficial de director del CNI desarrollara las actividades en relación a Corinna.  

 A la objeción del abogado de la demandante en el sentido de que sus actos han sido personales, es de carácter privado, uno de los jueces apuntó: “Si el Rey y Jefe de Estado le ordena al director del servicio de inteligencia unas actividades, ¿cómo pueden ser estas privadas?”.

James Lewis: llevó los casos paralelos de Pinochet y Assange

James Lewis, abogado que consiguió en 1999 la luz verde de los tribunales británicos para extraditar a Augusto Pinochet desde el Reino Unido y que recientemente ha logrado la extradición del periodista Julian Assange (pendiente todavía de entrega a Estados Unidos), insistió en que no todos los actos de un jefe de Estado son oficiales o públicos. “No se puede asumir: l´etat c´est moi“(El Estado soy yo), atribuida a Luis IV el rey Sol. 

Lewis, asimismo, explicó que su cliente nunca ha planteado que los actos de Sanz Roldán -como le ha achacado la defensa de Juan Carlos I- han sido cometidos en su capacidad de funcionario público. Más bien como hombre muy próximo y amigo personal de Juan Carlos I. Actos para “protegerle”.  

También ha recordado que si bien la prueba no consta en el procedimiento británico, Sanz Roldán declaró en sede judicial como testigo -en el juicio oral del exdirector del CNI contra el excomisario José Manuel Villarejo- que el servicio de inteligencia no ha actuado en el extranjero porque lo tiene prohibido, aunque eso sí, él se entrevistase con Corinna en Londres, el 5 de mayo de 2012, en su habitación de The Connaught Hotel.    

En ese juicio también prestó declaración en calidad de testigo la actual directora del CNI, Esperanza Casteleiro. La defensa de Corinna sostiene que la estrategia de la defensa de Juan Carlos I al asumir que Sanz Roldán actuó en su función oficial “es embarazosa para el Gobierno español”.

El procedimiento, pues, seguirá adelante con el único interrogante de si la investigación del juez Nicklin incluirá o no los hechos referidos a los años 2012-2014, hasta la abdicación de Juan Carlos I, lo que se dirimirá en la vista de la apelación prevista para el mes de octubre próximo. 

Por tanto, la defensa del emérito no ha logrado su objetivo principal que es conseguir una autorización para apelar en favor de la inmunidad por todos los hechos.   

El procedimiento conocerá un retraso -inevitable, por otra parte, dada la pausa de las vacaciones-, pero ya se puede concluir, de manera preliminar, que seguirá adelante. Y que las pruebas de Corinna se podrán someter a contradicción ante el juez. 

“La cuestión técnica de la inmunidad del emérito ha quedado sensiblemente reducida a si los actos efectuados con anterioridad a la abdicación estaban dentro o fuera de la función pública de su cargo. Esto puede plantear una situación comprometida porque de ser, hipotéticamente, así supondría admitir que funcionarios del Estado pudieron cometer actos presuntamente delictivos en el Reino Unido. Por el contrario, no admitir el carácter público de tales acciones sería admitir que eran parte de la esfera privada” señala después de la vista Josep Gálvez, abogado-barrister del bufete londinense Del Canto Chambers. 

“Lo más relevante es que ya no se discute que el resto de las conductas realizadas después de la abdicación no tienen protección alguna”, enfatiza. 

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