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Condenan al Ayuntamiento de Vigo por vulnerar derechos fundamentales de una vecina por el ruido en las fiestas navideñas

El TSXG | Fuente: EP

El TSXG | Fuente: EP

El fallo decreta que el Ayuntamiento debe adoptar “las medidas necesarias” para evitar futuras infracciones

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al Ayuntamiento de Vigo por vulnerar los derechos fundamentales de una vecina debido al ruido provocado durante la celebración de la Navidad del año 2022-2023. El fallo decreta que el Ayuntamiento debe adoptar “las medidas necesarias” para evitar futuras infracciones y garantizar que los niveles de ruido no superen los umbrales establecidos por las normativas. Además, se ha impuesto una indemnización de 600 euros a la demandante.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal gallego ha estimado parcialmente el recurso de apelación presentado por la vecina contra una sentencia previa que desestimó su demanda por el ruido generado por un mercado temático de Navidad y un parque de atracciones cercanos a su domicilio. La mujer, residente en la calle Areal, había solicitado una indemnización de 1.640 euros, pero el TSXG la fijó en 600 euros.

Los magistrados subrayan que esta situación podría afectar la salud de las personas y el desarrollo de la personalidad

El TSXG considera probado que el ruido fue persistente e intenso, superando los límites legales y afectando la vida diaria de la vecina y sus dos hijos pequeños. Los magistrados subrayan que esta situación podría afectar la salud de las personas y el desarrollo de la personalidad, lo cual vulnera derechos fundamentales.

Además, el tribunal critica la inacción del Ayuntamiento respecto a la contaminación acústica, señalando que tenía el control del foco emisor y la responsabilidad de supervisar la actividad de ocio. El TSXG enfatiza el deber de los poderes públicos de garantizar el descanso y la tranquilidad de los ciudadanos. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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