Ante los vídeos del juzgado del juez Peinado, del boato en el Supremo al campo de batalla político-judicial

7 de septiembre de 2024
6 minutos de lectura
El juez Juan Carlos Peinado en los alrededores de los juzgados de Plaza Castilla. | Fuente: José Luis Roca / El Periódico de Catalunya.

XII entrega y última de la serie Del Estado de Derecho al Estado Judicial

Tras el acto de apertura del año judicial 2024-2025, el pasado jueves 5 de septiembre, el juez Juan Carlos Peinado ha ordenado este viernes 6 de septiembre, a través del juzgado, la entrega de declaraciones de imputados, entre ellas la de Begoña Gómez, esposa del presidente de Gobierno, a las partes personadas en la querella de Manos Limpias y Hazte Oir. La declaración de Pedro Sánchez no está todavía en esa remesa y se le pondrá marca de agua antes de su entrega.

Al final, volvemos al principio de este viaje, iniciado en estas páginas el martes 3 de septiembre.

Esta mañana de viernes 6 de septiembre, el día después del acto de apertura del año de los tribunales, al menos uno de ellos, el número 41 de Madrid, no ha tenido tiempo que perder. Se sabía que el juez Juan Carlos Peinado citaría a las partes. Y, en efecto, el letrado de administración de justicia -con el juez de vacaciones unos días- les ha informado que el próximo lunes, día 9 de septiembre se les entregarán “las grabaciones realizadas los días 15, 19 y 29 de julio, 1 y 26 de agosto”. Corresponden a varios testigos y a tres investigados en la causa: Begoña Gómez -que se acogió a su derecho a no declarar-, el empresario Juan Carlos Barrabés, y el rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache. 

La llamada diligencia de ordenación aclara que “respecto de la realizada el día 30 de julio [declaración de Pedro Sánchez como testigo en el Palacio de la Moncloa] una vez se haga entrega por parte de Madrid Digital de las copias [al juzgado 41] debidamente identificadas, se acordará”. 

La citada empresa es la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid, que fue encargada por el juez para realizar la grabación de los dos minutos de la declaración del presidente de Gobierno el 30 de agosto pasado, quien se acogió al derecho que le dispensa declarar sobre su cónyugue (artículo 416 de la ley de Enjuiciamiento Criminal).

 Y la mención de que cuando se reciban “las copias debidamente identificadas se acordará” apunta, según fuentes judiciales, a que eso pudiera ocurrir hacia el jueves o viernes próximo. 

El juez parece haber tomado nota de que las filtraciones del juzgado – entrega a la acusación popular de Vox, cuando regía el secreto de las actuaciones- es uno de los puntos relevantes de las dos querellas por presunto delito de prevaricación que, tanto de la Abogacía del Estado -por Sánchez- como el abogado Antonio Camacho -por Begoña Gómez-, se están tramitando contra él en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), y por tanto, intenta controlar daños que pudieran provocar a su instrucción, sobre todo, la filtración del video de dos minutos de Pedro Sánchez ante el juez en La Moncloa, el 30 de agosto pasado.

Fuentes judiciales indican que se da por hecho, al menos al no constar la adopción de la misma cautela de una marcación -la adoptada con su marido- del vídeo de Begoña Gómez, que este será filtrado sin dificultades.

Pero, ¿qué posibilidades de prosperar, es decir, de ser admitidas a trámite tienen la querella de la abogacía del Estado y de la defensa de Begoña Gómez en la sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid? 

“Puede haber actuaciones del juez que no son muy presentables desde el punto de vista ético o de imagen, obligaciones que los jueces no cumplen, o incluso hasta cierto punto manifiestamente arbitrarias, pero el delito de prevaricación es mucho delito”, señala un magistrado consultado.

La querella de la abogacía del Estado ha provocado un cierto terremoto con el argumento de que querellarse contra un juez por parte de un presidente de gobierno es algo inédito.

Y, en efecto, lo es. Pero también lo ha sido que un juez, sin gestionarlo con el presidente del gobierno, haciendo abstracción de su estatus con el argumento de que es el marido de la investigada, rechace a través de un juez sustituto [Carlos del Valle] que preste declaración por escrito (artículo 412 de la ley de Enjuiciamiento Criminal) y mantenga la fecha [martes 30 de julio] el día en que se celebra la reunión del consejo de ministros.   

Con todo, querellas contra jueces, haberlas, como las meigas, haylas, para aquellos que hoy se llevan las manos a la cabeza. 

Hay que remontarse al fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, para encontrar algunas de ellas, bastante más frecuentes de lo que se cree. 

Una de las más sonadas -que dañó de manera irreversible la carrera de un juez que sin duda tenía grandes posibilidades de ser magistrado la Sala Segunda del Tribunal Supremo- fue la presentada por el teniente fiscal del Tribunal Supremo, José María Luzón, contra tres magistrados de la Audiencia Nacional – Juan José López Ortega, Carlos Cezón y Carlos Ollero- quienes acordaron la puesta en libertad bajo fianza del presunto narcotraficante Carlos Ruiz Santamaría, El Negro, en diciembre de 2001, y que aprovechó la circunstancia para fugarse. 

La campaña en medios de comunicación contra ellos fue feroz. Más de 200 juristas denunciaron el “linchamiento moral” al que fueron sometidos los tres magistrados.

Pero la Sala Segunda, que primero admitió la querella a trámite, investigó y comprobó que habían actuado escrupulosamente de acuerdo con el informe forense, archivó la causa [prevaricación intencional] por inexistencia de delito en julio de 2002. 

López Ortega – con treinta y cinco años en la jurisdicción penal, veintisiete formando parte de tribunales colegiados en el orden jurisdiccional penal, y con experiencia internacional reconocida- perdió, a raíz de la querella, su plaza en la Audiencia Nacional. 

Tuvieron que pasar nueve años años hasta que fue nombrado en 2011, en comisión de servicios para presidir en el Ministerio de Justicia el Grupo de Trabajo encargado de elaborar los trabajos preparatorios de la Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Acuerdos de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 27 de agosto de 2010 y 1 de febrero de 2011). .

La querella en defensa del testigo Pedro Sánchez ha correspondido a tres magistrados de la sala civil y penal del TSJM: el presidente del TSJM, Celso Rodríguez Padrón y los magistrados José Goyena y Jesús María Santos.

Uno de ellos, Goyena, es quien redactó la exposición razonada para que la Sala Segunda del Supremo asuma la investigación sobre posible revelación de secreto del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en el caso de los delitos fiscales de Alberto González Amador, la pareja de Isabel Díaz Ayuso.

A su vez, la sala que resolverá sobre la querella de Begoña Gómez contra el juez Peinado está formada por el José Manuel Suárez Robledano, el ya citado magistrado Goyena y la magistrado María Prado Magariño.

El ponente es Suárez Robledano.

Fuentes judiciales apuntan que la tramitación de ambas llevará su tiempo. 

En primer lugar, en la querella del abogado Camacho, letrado de Begoña Gómez, el ponente probablemente tenga que tomar en cuenta el resultado de varios recursos contra las decisiones del juez Peinado que la Audiencia Nacional resolverá, según fecha ya establecido en julio pasado, próximo 30 de septiembre. En esos recursos se denuncia la vulneración, por parte de Peinado, del perímetro de la investigación que la Audiencia de Madrid le ordenó, convirtiendo el caso en una causa general. Una excursión de pesca, o en términos jurídicos, la búsqueda prospectiva de material incriminatorio para fundamentar sospechas predeterminadas del juez.

La querella inicial de la abogacía del Estado, en segundo término, ha sido ampliada la semana pasada, incorporándose a la causa una providencia del juez sobre su interpretación (sospechosa) del hecho de que Sánchez se acogiera al artículo 416 que le permite no declarar sobre su esposa. 

Y es muy probable que la difusión de las grabaciones en medios de comunicación, durante los próximos días, vuelvan a aportarse al TSJM o sean objeto de ampliaciones de las querellas.

El pasado 19 de agosto, el vocal conservador José Antonio Montero propuso debatir en el Pleno del CGPJ el amparo al juez Peinado frente a los presuntos ataques que recibe, una protección solicitada por el sindicato Manos Limpias y el partido Vox. Se cortó en seco dicho intento porque el CGPJ, pendiente del nombramiento para la presidencia, no tenía capacidad legal para debatir dicho punto y tampoco Montero consiguió apoyo para ello (se hubiera requerido unanimidad).

Pero el gesto simbólico -por si colaba-indica la disposición de la derecha judicial a dar cobertura al juez Peinado.

Los jueces que se pronunciarán sobre las querellas exhiben un talante conservador. Pero si las filtraciones han sido decisivas para pedir que el fiscal general del Estado sea investigado -a raíz de una nota de prensa- en el Supremo, lo mínimo es que la publicación de datos bajo secreto sumarial sea sopesado debidamente por los jueces.

“A la justicia solo le queda ceremonia, en ese sentido muy bien” dijo un magistrado a este periódico el pasado miércoles 4, a raíz de la toma de posesión de la nueva presidenta del Supremo y el CGPJ ante el Pleno del Supremo.

Pues de la ceremonia al campo de batalla político-judicial. 

Sin respiro.

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