Hoy: 6 de noviembre de 2024
El Ministerio de Consumo ha emprendido acciones legales contra aerolíneas de bajo coste por la imposición de sobrecostes en el equipaje de mano transportado en cabina.
Además, el caso se ha extendido a sobrecostes en otros servicios anteriormente incluidos en el precio del billete, como la reserva de asientos para menores o personas dependientes.
Mediante esta práctica de “desgajar servicios”, el Ministerio ha señalado que estas compañías ofrecen aparentemente precios atractivos en su publicidad. Sin embargo, esta estrategia les proporciona una ventaja en términos de posicionamiento en motores de búsqueda y comparadores.
“Esto les permite tener un posicionamiento SEO privilegiado en los motores de búsqueda y en los comparadores respecto a competidores que sí incluyen estos servicios en el precio del billete que se anuncia en el comparador”, ha explicado el Ministerio.
Estas acciones violan el artículo 47 de la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios y caen bajo la jurisdicción del Ministerio de Consumo según lo establecido en el artículo 52bis apartado 5.
En cuanto a las sanciones, las multas oscilan entre 10.001 y 100.000 euros para infracciones graves, y de 100.001 a 1.000.000 de euros para infracciones muy graves.
Además, si el beneficio ilícito supera las cantidades mencionadas, las sanciones pueden llegar a ser de cuatro a seis veces el beneficio ilícito obtenido para infracciones graves, y de seis a ocho veces en el caso de infracciones muy graves.