Confirmadas las condenas de 39 y 29 años de cárcel a dos proxenetas por inducir a la prostitución a tres menores

31 de enero de 2024
2 minutos de lectura
Tribunal Superior de Justicia de Navarra. | Fuente: Confilegal
Tribunal Superior de Justicia de Navarra. | Fuente: Confilegal

Los dos proxenetas, un hombre y una mujer, suministraban a las menores hachís, cocaína y speed

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha ratificado las condenas de 39 y 29 años de prisión a dos individuos responsables de inducir a la prostitución a tres menores de edad bajo la tutela del Gobierno foral. La sentencia, sujeta a apelación ante el Tribunal Supremo, también confirmó la absolución de dos personas acusadas de ser clientes de las menores, a pesar de la solicitud de la fiscalía y la acusación particular de 15 años de prisión.

En el veredicto, emitido por la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, se detallan los hechos ocurridos en septiembre de 2021. Tres menores, nacidas en 2007 y 2004, tuteladas por la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, fueron inducidas a la prostitución por dos individuos, un hombre y una mujer. Las víctimas, cuando se escapaban del centro o de la familia de acogida, acudían al domicilio en Pamplona del inductor, donde se desarrollaron los abusos.

Durante el año 2021, las menores, manipuladas por los acusados, realizaron servicios sexuales según las instrucciones proporcionadas. Fotografías de contenido sexual fueron tomadas para publicar anuncios en una web de contactos sexuales, junto con números de teléfono. Desde el 23 al 29 de septiembre, las menores llevaron a cabo actos sexuales, recibiendo el pago en metálico o a través de Bizum.

Los dos proxenetas suministraban a las menores sustancias como hachís, cocaína y speed, tanto para facilitar los actos sexuales como, en ocasiones, como forma de pago. La Audiencia impuso a ambos acusados penas de prisión: 9 años por cada uno de los dos delitos de inducción a la prostitución de menores de 16 años, 5 años y 6 meses por un delito de inducción a la prostitución de menor de edad, y 6 años por un delito contra la salud pública. En total, 29 años y 6 meses para ambos.

La Audiencia estableció un cumplimiento máximo de 20 años de prisión en ambos casos

Además, al inductor se le condenó a 10 años por un delito continuado de abuso sexual respecto de una menor de 16 años, elevando su condena total a 39 años y 6 meses. Según el artículo 76.1 del Código Penal, la Audiencia estableció un cumplimiento máximo de 20 años de prisión en ambos casos. Los condenados deben indemnizar a cada víctima con 57.000 euros.

Uno de los clientes, que reconoció su participación, fue condenado a dos años de prisión. Aunque estaba bajo la influencia de alcohol en el momento de los hechos, se le concedieron atenuantes de embriaguez y reparación del daño, al consignar 10.000 euros para una de las menores antes del juicio.

La sentencia fue recurrida por los dos condenados, quienes solicitaron la absolución. Respecto a la absolución de uno de los clientes, el TSJN considera “válido” el reconocimiento fotográfico realizado por la menor, pero lamenta la falta de corroboración objetiva, como una rueda de reconocimiento. En el otro caso absuelto, el tribunal no encuentra suficientes pruebas para un pronunciamiento condenatorio, destacando la falta de comparecencia de la menor ante el tribunal.

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