Hoy: 23 de noviembre de 2024
Enfrentarse a un juicio no es fácil y para los menores mucho menos. Por ello, Natalia Velilla, magistrada del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Familia de Móstoles (Madrid), desarrolla un método muy creativo para explicar a los menores que se enfrentan a juicios donde se discute la guardia y custodia o las visitas de los niños en qué consiste el proceso, según Confilegal.
Días antes de que se produzca la declaración del menor, les envía una carta y un cómic explicándoles en qué consiste la audiencia de menores, qué personas van a estar en la sala, para qué sirve, y les quita responsabilidad sobre lo que vayan a declarar.
En la misiva les informa que la ley obliga a que el tribunal escuche a los niños que sean “maduros”, que suelen pasar de 12 años y se les deja claro que su declaración no es iniciativa ni decisión de los padres o de sus abogados, sino de la juez. La carta de la magsitrada Nata.
Les explica que la entrevista se lleva a cabo en el despacho de la juez, no en el juicio, y que estará también la fiscal y la letrada del juzgado. También le informa que declarar ante la magistrada es un derecho, no una obligación, por lo que no están obligados a hablar con ella. “La decisión en este asunto depende de la jueza, no de ti, por lo que quizá decida hacer algo que no es lo que tú quieres, sino otra cosa. Tú no eres responsable de nada”, destaca en la misiva.
El día que asisten al juzgado, la magistrada vuelve a explicarles en qué consiste el proceso.
El cómic que utiliza ha sido creado por la Confederación por el mejor interés de la Infancia (CEMIN), con el objetivo de evitar que los niños pasen un mal rato cuando el sistema les obligue a acudir ante un juez. En él se reproduce de maneta distendida lo que sería una declaración tipo de unos menores en un caso de custodia.
Natalia Velilla lleva dos meses aplicando este sistema «para restarle gravedad al juicio». El cómic lo conoció a través de una abogada y lo acompaña a una carta redactada por ella que envía conjuntamente a ambos progenitores para que los entreguen a los hijos.
«Quiero que los niños no vengan pensando que depende de ellos todo, que se quiten de la cabeza que van a tener un conflicto de lealtades con sus padres, que no piensen que cuidado con lo que dicen porque a ver qué va a pasar. Trato de eximirles de toda responsabilidad y les explico que esto es un derecho suyo, que tengo yo la obligación de ponérselo de manifiesto, y que sus padres no tienen nada que ver, y que puedo decidir lo que dicen ellos o no», explica Velilla a Confilegal.
«Lo que dicen los menores se tiene en cuenta o no, o se tiene en cuenta de otra manera, porque no siempre el interés del menor coincide con sus deseos», apostilla.
El método que utiliza Velilla ha corrido como la pólvora en Twitter, donde operadores jurídicos y ciudadanos aplauden la iniciativa de esta magistrada, su sensibilidad y gran labor.
El derecho de los menores de edad a ser escuchados en un proceso que les afecte esta desarrollado en la Lay Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor. El artículo 9 señala que los menores tienen derecho a ser oídos y escuchados en los procedimientos judiciales, administrativos y de mediación que les afecte siempre que tengan suficiente madurez, considerándose que esta existe en todo caso cuando tienen 12 años cumplidos.
En los casos de procedimientos judiciales en materia de Derecho de Familia, su fundamento legal está recogido en los artículos 92 y 159 del Código Civil, y en el artículo 18 de la Lay de Juisdicción Voluntaria.
Si los padres viven separados y no decidieran de común acuerdo, el juez decidirá -siempre en beneficio de los menores-, al cuidado de qué progenitor quedarán los hijos menores de edad. A la hora de dictar sentencia, los jueces tienen en cuenta cuál es la preferencia de los hijos en cuanto al tipo de custodia o visitas y que también depende de la edad que tenga ese menor.
Natalia Velilla destaca que a los jueces no se les forma en audiencia de menores para facilitarla, «con lo cual cada juzgado lo hace como bien sabe o puede». Además, recuerda que esto tampoco está regulado en la ley. «Se dice qué hay que hacer la audiencia de menores, pero no cómo hay que hacerla, y tampoco qué naturaleza jurídica tiene. Como no se recoge como una prueba, no se puede considerar como tal», indica Velilla, que considera que «algo se tendría que decir al respecto por el legislador».
En segundo lugar, pone el foco en que «los juzgados tampoco tienen medios para contar con salas habilitadas para las audiencias de menores, por lo que los niños se encuentran en la tesitura de que en el divorcio de sus padres es llamado por un juez, y tienen que hablar con él en el lugar donde se pueda, que puede ser el despacho del juez, la sala de vistas o un cuarto de la sede judicial».
Para procesos penales, algunos juzgados disponen de cámaras Gesell, en las que los menores y víctimas más vulnerables prestan declaración grabada en un espacio amigable que permite preconstituir pruebas y evitar su revictimización. La cámara Gesell es una sala acondicionada para que el menor o víctima del delito trate, en exclusiva, con el psicólogo o profesional que le atiende. En una habitación contigua, separada por un espejo espía, las partes (juez, fiscal, secretario, abogados) siguen el interrogatorio y participan de él mediante una comunicación con el psicólogo o profesional, a través de un ‘pinganillo’. La declaración se graba y queda como prueba preconstituida, evitando que la víctima tenga que repetirla durante la vista oral.
Velilla lamenta que los niños «no tengan un lugar amable donde declarar en audiencias de menores, como ocurre en los procesos penales con las Salas Gesell». Por otra parte, recuerda que la Comunidad de Madrid ha implementado un recurso judicial que ayuda a los menores a declarar de una forma más relajada, como son los perros de acompañamiento, pero dice que «no está extendido», y que tampoco tienen apoyo de psicólogos que les puedan ayudar en esas audiencias.
Por ello, reivindica formación para las audiencias de menores, salas habilitadas para realizarlas, y psicólogos de apoyo.
La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV), a la que pertenece esta magistrada, lleva a cabo una iniciativa en la Comunidad de Madrid con la que acerca la Justicia a escolares y les previene sobre delitos con el ‘Código Penal para Adolescentes’.
La puso en marcha en el curso académico 2019-2020, en virtud de un convenio suscrito entre esta asociación y las Consejerías de Justicia y Educación. Jueces y magistrados vitorinos, como se conoce popularmente a los miembros de esta asociación, acuden a las aulas madrileñas para acercar la Justicia a los adolescentes.
En sesiones de unos 50 minutos de duración, como las clases ordinarias, han explicado en este curso a 1.200 escolares de 3º y 4º de la ESO, de 13 centros educativos, conceptos jurídicos básicos sobre su propia labor diaria y, también, sobre algunas prácticas que podrían convertirse en delitos cuando cumplan 18 años y que «en la mayoría de los casos desconocen», según señala esta asociación a Confilegal.
Así, los jueces realizan una labor de prevención en sus charlas utilizando para ello el ‘Código Penal para Adolescentes’, un documento elaborado por un magistrado de AJFV, Fermín Javier Villarrubia, en el que se informa a los menores acerca de algunos delitos comunes en los que podrían incurrir en el futuro, así como las penas que llevarían aparejadas (acoso, subir a redes sociales contenido íntimo de alguien sin su permiso, agresiones, hurtos, amenazas…).
A cada alumno entregan un tríptico informativo y un pendrive con contenidos útiles que les acerquen a la Justicia, entre los que se encuentran el ‘Código Penal para adolescentes’, una Constitución española, infografías sobre los significados de los latinajos -expresiones jurídicas en latín- más comúnmente utilizados en el ámbito judicial, y las relativas a las distintas profesiones jurídicas, además de dos vídeos divulgativos.
Con esta iniciativa, la AJFV trata de mejorar la comprensión de nuestros estudiantes del sistema judicial, «lo que les convertirá en adultos más integralmente formados y, por ende, más libres».