Unidas Podemos pide que la ley para abolir la prostitución del PSOE no multe a los puteros

20 de octubre de 2022
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La Policía Nacional libera a una menor que ejercía la prostitución en una casa de citas. | Fuente: Policía Nacional / Europa Press

El grupo parlamentario ‘morado’ se basa en el informe GRETA y cita al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la ONU

Unidas Podemos ha enmendado la ley del PSOE que busca abolir la prostitución para eliminar de su texto las multas a los clientes de esta práctica. En su justificación, los ‘morados’ señalan que esta no es una medida reclamada por las organizaciones internacionales, que proponen una desincentivación de la demanda a través de la educación, la concienciación o la implicación de los medios de comunicación.

La enmienda registrada por Unidas Podemos, recogido por Europa Press, propone eliminar el texto en el que los socialistas se refieren a esta medida y que recogía un “reproche penal” a “las personas que recurren a las mujeres en situación de prostitución participan directamente del entramado que sostiene esta grave vulneración de los derechos humanos”.

A estos usuarios se les aplicaría una multa de 12 a 24 meses, que se eleva a prisión de 1 a 3 años y multa de 24 a 48 meses si la persona que presta el acto sexual es menor.

El grupo parlamentario que ostenta la condición de socio minoritario de la coalición cita el Primer Informe sobre España del Grupo de Expertos sobre la Lucha contra la Trata de Seres Humanos (GRETA) y al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de la ONU, para justificar esta propuesta de eliminar las multas a los clientes de la prostitución. Según ha explicado, este documento llama al país a “diferenciar trata con fines de explotación sexual de prostitución”.

Según ha apuntado, el informe pide tener “bajo revisión el impacto de cualquier medida sancionadora respecto de la prostitución por su posible impacto en lo relativo a la identificación de víctimas de trata, su protección y asistencia”.

Intensificación del control sobre las mujeres

También citan otro estudio de la Universidad Autónoma de Barcelona en el que expertos advierten de que “el modelo sancionador del cliente supondrá que los cuerpos policiales intensificarán su control y persecución sobre los escenarios en los que se encuentran las mujeres y sobre éstas y los clientes y no sólo sobre estos últimos, puesto que habrán de verificar y probar que ha habido pago o retribución”.

“Otra preocupación asociada a las medidas sancionadoras es que puedan generar mayor desconfianza de las mujeres en las instituciones y servicios públicos, especialmente en el sistema policial”, apunta Unidas Podemos en su enmienda.

Pero no es la única enmienda que los socios del PSOE en el Gobierno han presentado a esta norma. También cambian parte del texto socialista para aumentar las penas a los proxenetas y rebajarlas en el artículo que recupera la tercería locativa, es decir, la que pena a quienes alquilen viviendas o locales para ejercer esta práctica.

Modificaciones en las penas y multas

Mientras que el PSOE recogía en la ley la imposición de una pena de prisión “de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses a quien, con ánimo de lucro, promueva, favorezca o facilite la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma”, Unidas Podemos quiere elevar las penas a una horquilla de entre “dos a cuatro años” y modificar la definición de la actividad, “a quien se lucre explotando la prostitución de otra persona”.

“Se entenderá que hay explotación cuando exista una relación de dependencia o subordinación en la que quien se lucra impone las circunstancias de toda índole que condicionan la libertad sexual de la víctima”, añaden los morados.

En cuanto a la tercería locativa, los socialistas recogen penas de dos a cuatro años y multa de dieciocho a veinticuatro meses, y sus socios piden cambiarlas a penas de prisión de uno a tres años y multa de seis a dieciocho meses.

También proponen añadir que “estas disposiciones no son aplicables a las personas que ejerzan la prostitución”.

“La clave de la tipificación no puede situarse únicamente en el lucro como aprovechamiento económico o beneficio de una actividad que no es ilícita penalmente, como si se tratara de un delito contra el patrimonio, sino en que deriva de la explotación sexual, esto es, de la decisión externa a la mujer acerca de las condiciones de la prostitución, lo cual impacta sobre su libertad sexual, que es el bien jurídico protegido en los delitos del Título VIII del Código Penal”, explica la formación en la justificación de su enmienda.

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