Hoy: 10 de noviembre de 2024
Un vecino de Oza-Cesuras ha sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de A Coruña por un delito continuado de injurias con publicidad en relación con comentarios difamatorios realizados en Facebook sobre un concejal local y sus hijos. La sentencia, además de imponer al acusado una multa de 1.806 euros, establece la prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 100 metros de la víctima o cualquier lugar frecuentado por ella. También se le ordena indemnizar al concejal con mil euros por responsabilidad civil.
El magistrado destacó que los mensajes publicados por el acusado desde septiembre de 2018 tenían como objetivo menoscabar la honorabilidad del concejal en su desempeño en el Ayuntamiento, incluyendo referencias a sus hijos. Además de las críticas a la gestión del edil, los mensajes contenían insultos y ataques dirigidos no solo hacia él, sino también hacia sus hijos, en expresiones ofensivas y vejatorias.
La sentencia recalca que las expresiones utilizadas por el acusado son innecesariamente ofensivas e impertinentes, como “animal con ropa” o “pailán honorario que no supera el graduado escolar ni un test psicológico”. Estas palabras no solo afectan al concejal, sino que también infligen daño a la integridad moral de sus hijos, quienes se ven involucrados en los comentarios difamatorios.
El juez considera que el relato difamatorio no cumple con los requisitos de veracidad, necesidad y proporcionalidad, siendo gravemente lesivo para el honor del perjudicado. La sentencia busca salvaguardar el derecho al honor del concejal y su familia, así como enviar un mensaje claro sobre la responsabilidad en el uso de las redes sociales y la importancia de mantener un discurso respetuoso y constructivo en el ámbito público.
La resolución no es firme y cabe recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña. Este caso destaca la relevancia de la legislación en materia de delitos informáticos y el papel de la justicia en proteger a las personas afectadas por difamación en línea.