Condenada a 16 años de prisión por provocar la muerte de un discapacitado para el que trabajaba como limpiadora

16 de febrero de 2024
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Sede del TSjCM | Fuente: EP
Sede del TSjCM | Fuente: EP

Los fundamentos de la Sala expresan que la versión proporcionada por la acusada debe ser descartada como “inverosímil” y “contradictoria”

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha ratificado la condena de 16 años de prisión impuesta a una mujer, declarándola culpable de un delito de homicidio y otro de robo con violencia en una vivienda habitada. La sentencia también confirma el agravante de abuso de superioridad y una indemnización de 240.208,83 euros establecida por la Audiencia de Ciudad Real.

Según la versión del jurado, la acusada solía desempeñar tareas de limpieza en la residencia de la víctima, un hombre con un grado de discapacidad física y sensorial del 92%, además de problemas de visión. El 24 de noviembre de 2020, la mujer acudió al domicilio para reclamarle dinero, siendo su solicitud rechazada y generándose una intensa discusión entre ambos. Al día siguiente, la acusada regresó con el mismo propósito, violentando la puerta de acceso a golpes y gritando para que le abriera. Después de dañar la moldura inferior, logró ingresar al piso.

Una vez dentro, se desencadenó una disputa relacionada con la presunta deuda, durante la cual la acusada agredió al hombre con contundencia en la cara utilizando un objeto. Posteriormente, lo trasladó al dormitorio principal, colocándolo en posición de cubito prono con un cojín sobre la herida en la cabeza. Acto seguido, sustrajo un televisor de plasma del salón y abandonó la vivienda. Pocos momentos después, vendió el televisor por 50 euros en otro domicilio. Trágicamente, la víctima falleció en el hospital el 1 de febrero de 2021 debido a las heridas sufridas.

La versión de la acusada debe ser descartada como “inverosímil” y “contradictoria”

Los fundamentos de la Sala expresan que la versión proporcionada por la acusada debe ser descartada como “inverosímil” y “contradictoria” en comparación con los testimonios de los vecinos y los resultados de las pruebas periciales dactiloscópicas y médico forenses. La sentencia de apelación concluye que la prueba circunstancial desvirtúa el principio de presunción de inocencia, estableciendo la autoría de la acusada en el delito de homicidio y en las circunstancias vinculadas al robo, respaldadas por pruebas directas y la propia admisión de la acusada.

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