Absuelto de una condena de seis años de prisión por abusar sexualmente de una amiga ebria en Pamplona

3 de febrero de 2024
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TSJN:|Fuente: Europa Press
TSJN:|Fuente: Europa Press

Todo ocurrió el 1 de abril de 2022, cuando la víctima asistió a una fiesta en un piso de estudiantes

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha revocado la condena de 6 años de prisión impuesta en octubre pasado por la Audiencia Provincial a un joven acusado de abuso sexual en un piso de Pamplona. La víctima, una amiga del procesado, se encontraba en estado de inconsciencia debido al consumo de bebidas alcohólicas o sustancias desconocidas.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJN, en su sentencia, estima el recurso presentado por la defensa, absuelve al procesado de 25 años y oriundo de un país del sudeste asiático. Se argumenta que el testimonio de la denunciante no elimina las dudas sobre la existencia de una relación sexual no consentida durante el período en el que ella afirma no recordar nada.

La absolución no implica la declaración de falsedad de la denuncia, ni la probada inocencia del acusado, sino simplemente la falta de pruebas contundentes para respaldar la acusación, destaca el Tribunal.

Los hechos

Todo ocurrió el 1 de abril de 2022, cuando la víctima, entonces estudiante universitaria de 18 años, asistió a una fiesta en un piso de estudiantes en Pamplona. Consumió alcohol con moderación, tras lo cual se dirigió a una discoteca con amigos. A partir de ahí, no recuerda nada hasta las 12 horas del día siguiente.

Durante su tiempo en la discoteca con el acusado, la denunciante, según la sentencia, se encontraba embriagada, y ambos bailaron de manera insinuante. Hacia las 4 de la madrugada, una amiga de la víctima los vio salir de la discoteca, notando la embriaguez de esta. A pesar de su estado, el acusado la llevó a su casa, donde ella vomitó.

La decisión de la joven de contar a su hermano y prima lo sucedido llevó a la condena del acusado

La denunciante despertó en la cama del acusado, ambos desnudos, sin recordar los acontecimientos. Según el tribunal, sostuvieron conscientemente una relación sexual tras hablar sobre lo ocurrido.

La decisión de la joven de contar a su hermano y prima lo sucedido llevó a la condena del acusado en octubre pasado por la Audiencia Provincial. Sin embargo, el TSJN considera insuficientes las pruebas para sostener la acusación más allá de una duda razonable.

Los magistrados subrayan que no cuestionan la credibilidad de la denunciante, sino la solidez y consistencia de las pruebas presentadas. La absolución no presupone la certeza de la inocencia, sino la falta de certeza de la culpabilidad, según destacan los jueces en su conclusión, citando al Tribunal Supremo.

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