Este 8 de abril arranca oficialmente la campaña de la Renta 2025-26, una cita anual que convoca a más de 20 millones de contribuyentes para declarar sus rendimientos del ejercicio anterior. Desde este miércoles, los ciudadanos ya pueden acceder a sus datos fiscales y simular el resultado a través del sistema Renta WEB. Aunque el borrador es la herramienta más utilizada por su sencillez, expertos jurídicos como Jorge Piedrafita advierten de la importancia de revisarlo a fondo, ya que suele contener errores u omitir datos clave que podrían beneficiar al declarante.
El calendario fiscal de este año establece hitos fundamentales para cumplir con la Agencia Tributaria sin sobresaltos. Los contribuyentes deben anotar las siguientes fechas clave para organizar su gestión:
En cuanto a la obligatoriedad, deben declarar todos los trabajadores cuyos ingresos superen los 22.000 euros anuales. Una duda recurrente surge en las unidades familiares sobre si es mejor optar por la modalidad individual o conjunta. Según los especialistas, la declaración conjunta solo suele resultar rentable cuando uno de los miembros de la pareja percibe ingresos mínimos o nulos; en la mayoría de los casos, la opción individual permite optimizar mejor las retenciones y beneficios fiscales de cada cónyuge.
La principal novedad tributaria de este ejercicio afecta a las rentas del capital, con una mayor presión fiscal sobre los grandes patrimonios. El Ministerio de Hacienda ha implementado un nuevo tramo del 30% para ganancias patrimoniales y dividendos que excedan los 300.000 euros anuales. Por el contrario, los tramos inferiores permanecen estables, manteniendo un gravamen del 19% para los primeros 6.000 euros obtenidos por ahorros o inversiones, protegiendo así a los pequeños ahorradores.
En el lado de los beneficios, esta campaña destaca por su carácter social y autonómico. Se ha aprobado una deducción de hasta 340 euros para trabajadores con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y personas desempleadas. Además, se incorporan cerca de 30 nuevas desgravaciones, entre las que destacan:
Para formalizar el trámite, la Agencia Tributaria permite la identificación mediante DNI electrónico, certificado digital, Clave móvil o número de referencia. Para obtener este último, es imprescindible tener a mano la casilla 505 de la declaración del año anterior. Aquellos que no declararon en 2023 deberán aportar los últimos cinco dígitos de su IBAN bancario. Una vez obtenido el número de referencia en el portal «Renta DIRECTA», el usuario podrá modificar y presentar su borrador de forma inmediata y segura.