La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 138 años y tres meses de cárcel al ciudadano de nacionalidad británica Ben D. R. tras considerarle responsable penal de ocho delitos de elaboración de pornografía infantil, un delito contra la integridad moral, treinta y dos delitos de descubrimiento y revelación de secreto y un delito continuado de falsificación de documento oficial, así como a indemnizar a los progenitores de las menores víctimas de sus delitos en cantidades que oscilan entre los seis mil y los tres mil euros.
Al término del cumplimiento de la pena, los jueces le han impuesto la medida de libertad vigilada por espacio de ocho años, tiempo durante el que, además, deberá participar en programas de educación sexual.
El acusado ya había sido condenado por pornografía infantil en Inglaterra.
En el juicio, celebrado a puerta cerrada por la intimidad que requería el proceso, los jueces han considerado probado que el acusado, desde mediados de 2016 hasta 2018, aprovechó la circunstancia de que trabajaba como cuidador y profesor de inglés de los menores de dos familias, una en Zaragoza y otra en Madrid, para satisfacer con ellos sus deseos sexuales: les sacaba a las niñas de la casa y a amigas de éstas fotos desnudas, con evidente desprecio a su integridad en una ocasión eyaculó en unos espaguetis que luego le dio a comer a una menor.
Además, distribuyó entre terceros fotografías y grabaciones de sus actos, entre los que se incluyen instantáneas de sus órganos sexuales aproximándose a los niños, y se hizo con archivos fotográficos de las familias que en ocasiones manipuló y que luego distribuyó a terceros.
David D. R. fue contratado hasta 2019 como profesor en un colegio de Madrid, donde también, aprovechando que se encontraba solo en clase con los alumnos menores de edad, grabó vídeos y tomó fotografías a las menores enfocando a las braguitas y, en otras ocasiones, poniendo la cámara por debajo de la falda.
Sin embargo, los jueces no han podido demostrar que el agresor haya abusado sexualmente de los menores.
En la sentencia, los magistrados concluyen que del resultado de los vídeos y las grabaciones “cabe inferir sin especial dificultad que Ben D.R. se valió de instrumentos electrónicos tanto para la grabación o las fotografías, como para su almacenamiento. También que, tanto las fotografías como los videos se consiguieron distrayendo a los niños con dispositivos electrónicos y prevaliéndose de la situación que ostentaba ante los menores como cuidador y profesor, lo que facilitó la ejecución de las capturas”.
También ha quedado probado que con ánimo de faltar a la verdad, el condenado presentó documentación falsa para poder trabajar como profesor nativo de inglés en el colegio.
Dicha sentencia puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.