Las prostitutas tienen derecho a sindicarse

17 de mayo de 2023
2 minutos de lectura
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Una prostituta espera a sus clientes. | Fuente: Andreas Arnold / dpa / Europa Press

Llamada, eufemísticamente, la “profesión más antigua del mundo”, la prostitución vuelve a estar en liza, además por la proximidad de los comicios electorales, porque la prostitución, actualmente, no está regulada y, la ley, forzosamente, tiene que adaptarse a la realidad social del tiempo en que debe ser aplicada. Lo dice el artículo 3 del Código civil.

OTRAS, que es como se llama el flamante primer sindicato de trabajadoras sexuales, ha salido victoriosa del litigio originado por grupos de feministas que denunciaron a este sindicato por haber sido admitido en el registro y publicado en el Boletín Oficial del estado (BOE), pidiendo la nulidad.

Si bien en un principio la Audiencia Nacional dio la razón a los grupos feministas y declaró la nulidad tanto de la inscripción en el registro del sindicato OTRAS como de sus estatutos, el Tribunal Supremo, según sentencia dictada en julio de 2022 por su Sala Cuarta, les reconoce a las prostitutas su facultad de formar un sindicato, dado que es un derecho fundamental reconocido en nuestra Constitución. Añade el alto tribunal “sin que ello determine la legalidad o ilegalidad de la actividad, decisión que corresponde al poder legislativo”.

Hoy día, a diferencia de cuando se le tildaba con esa caduca frase lapidaria, los servicios que ofrece esta industria son complejos, variopintos y hasta servidos por vía digital, lo que imprime al asunto una mayor importancia y que debería exigir prestarle la necesaria atención (más, al menos, de la que prestaron los legisladores al proyecto de ley bautizado como la “ley del sí es sí”) y ambición prospectiva de las Cámaras, que es donde nuestros legisladores trabajan -o deberían trabajar- en la previsión de adaptar los cambios sociales, tanto en su concepto y definición, así como respecto de sus efectos jurídicos, mercantiles, salud pública, laborales, sociales y de cualquier otra índole que se desplieguen durante el rodaje de la norma y su posterior devenir por su aplicación una vez entran en vigor.

OTRAS se define como un colectivo “abolicionista de todas las formas de explotación”, reclama los legítimos derechos “como trabajadoras integradas en una estructura social de mercado” y “apoya una intervención en la superestructura que permita de-construir la organización social y doméstica heteronormativa, binaria y androcéntrica que se pilota sobre el hombre, pretendiendo introducir y normalizar las múltiples diversidades sexuales y afectivas”.

En España, aunque hay quien habla de casi medio millón de prostitutas, se admite un censo de no menos de 150.000 trabajadoras del sexo. También hay hombres, pero en número mucho más reducido.

El proxenetismo, el tráfico con seres humanos o todo lo relacionado con el muy vulnerable ámbito de los menores. Lo cierto es que nuestro Código Penal de 1822 contemplaba una solución que fue válida hasta la dictadura, tipificando el delito de prostitución con condenas entre 1 y 2 años de prisión, pero sólo a quien acogiere o recibiere en su casa, y a sabiendas, mujeres públicas siempre que no tuvieren autorización o les faltare algún requisito establecido por la autoridad municipal, es decir: una razonable autoritas del Estado sobre el ejercicio de su propia realidad social, esto es, controles sobre vacunas y otras verificaciones exigibles para proteger la salud.

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