El pulso judicial entre Félix Bolaños y el juez Juan Carlos Peinado llega a su fin, y no en los términos que buscaba el ministro. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha cerrado la vía de reclamación que aún quedaba abierta.
La Comisión Permanente del CGPJ tumbó el recurso de alzada presentado por Bolaños. El ministro pretendía reabrir el expediente contra Peinado, instructor del caso que afecta a Begoña Gómez.
La decisión salió adelante con cinco votos a favor. Dos vocales, sin embargo, ya han anunciado que formularán voto particular discrepante.
El origen de la disputa se remonta a la comparecencia de Bolaños como testigo ante Peinado. El ministro denunció entonces una actitud que calificó de «objetivamente intimidatoria» por parte del magistrado.
Aquella queja ya había sido archivada el pasado julio por el propio CGPJ. En su momento, el órgano concluyó que la actuación de Peinado no tenía relevancia disciplinaria.
Según ese primer acuerdo, no se vulneró ningún derecho del testigo. Reconocía cierta tensión en el ambiente, pero descartaba que hubiera existido falta de respeto explícita hacia Bolaños.
El ministro también criticó la lentitud con la que se tramitó su queja. El Consejo replica que fue el propio Bolaños quien fue ampliando su escrito hasta en cuatro ocasiones, entre junio y octubre del año pasado.
Cada ampliación obligaba a solicitar un nuevo informe al magistrado investigado. Eso, según el CGPJ, retrasó inevitablemente la resolución definitiva del expediente.
Sobre la falta de motivación alegada por Bolaños, el órgano responde que el archivo original sí explicaba con detalle por qué los hechos carecían de trascendencia. El ministro tuvo acceso a esa justificación, por lo que no cabe hablar de indefensión.
El CGPJ tampoco admitió la queja sobre una supuesta investigación insuficiente. Sostiene que las diligencias practicadas agotaron las vías útiles para esclarecer lo ocurrido, y que Bolaños no propuso ninguna actuación adicional relevante.
De fondo, pesa una decisión previa del Tribunal Supremo. El alto tribunal ya había declarado nula y archivada la exposición razonada, al no hallar ningún indicio mínimamente fundado contra Bolaños.
Con ese precedente, el Consejo concluye que revisar las decisiones de Peinado excede su propio ámbito de competencias. Cita para ello jurisprudencia consolidada del Supremo sobre los límites de la potestad disciplinaria del órgano.
Esa jurisprudencia, recuerda el CGPJ, impide que el Consejo entre a valorar posibles errores de un juez en el ejercicio estricto de su función jurisdiccional.