El magistrado Fernández Seijo condena a Ryanair por «mala fe» al obligar a una pasajera a demandar para reclamar un billete no utilizado

12 de marzo de 2022
1 minuto de lectura

En total la aerolínea irlandesa Ryanair tiene que reembolsar 230,37 euros a la pasajera que no pudo utilizar un billete de avión que había adquirido previamente, debido a la pandemia y al confinamiento consiguiente.

El magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil 11 de Barcelona, José María Fernández Seijo, aprecia, además, «mala fe» en la conducta de Ryanair por obligar a la consumidora a acudir a la vía judicial para reclamar sus derechos, según informa el diario especializado en tribunales Confilegal.

La pasajera, que tenía previsto volar junto a dos amigas más el 24 de abril de 2020 desde el Aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona-El Prat al Aeropuerto Internacional de Malta, no pudo realizar dicho viaje debido al confinamiento que se produjo por la pandemia provocada por el covid-19. Una vez notificada la cancelación por tal circunstancia, solicitó a Ryanair la devolución del billete, pero la aerolínea nunca accedió a ello, ofreciéndole únicamente un bono para volar en otra ocasión.

Ante tal situación la pasajera inició una reclamación contra la aerolínea a través de reclamador.es, que intentó llegar a un acuerdo en todo momento para evitar más costes judiciales y tiempo, que perjudican tanto a las partes como al sistema judicial, pues lo colapsa aún más.

IMPOSICIÓN DE COSTAS

Ryanair no quiso llegar a un acuerdo y por tanto se dio comienzo a la vía judicial presentándose una demanda al efecto. Una vez recibida la demanda y emplazada la aerolínea irlandesa, ésta se allanó al importe íntegro de lo solicitado, es decir, los 230,37€ del billete, pero solicitando la no imposición de costas.

Sin embargo, con fecha 3 de marzo de 2022, se ha dictado una sentencia donde el juez ha condenado a Ryanair a pagar el importe total del billete no usado a la pasajera, pero además imponiendo las costas a la aerolínea, pues se aprecia “mala fe” en su conducta, al obligar al pasajero a acudir a la vía judicial, siendo del todo innecesario, pues tanto la normativa como la jurisprudencia no dejan margen de duda en un caso como este, indica reclamador.es, y por lo tanto se podía haber resuelto extrajudicialmente.

Jorge Ramos, abogado de reclamador.es, quien ha llevado la demadna, que ha llevado el caso ante los tribunales, celebra «que se dicten este tipo de sentencias, donde los jueces condenan en costas a las aerolíneas por apreciarse mala fe, pese a allanarse a los reembolsos solicitados más tarde, pues estamos viendo cómo muchas compañías dilatan los procedimientos con el único fin de que los pasajeros acepten en un primer momento un bono o demoren la devolución del billete lo más tarde posible, lo que es una actuación totalmente reprochable”.

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