El juez desestima una demanda para que se deje de publicar información privada de Luis Rubiales

18 de octubre de 2022
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Rubiales
El presidente de la RFEF, Luis Rubiales. | Fuente: Irina R. Hipolito / AFP7 / Europa Press

El juzgado considera que se trata de un tema de relevancia pública y que impera la libertad de expresion

El titular del Juzgado nº 81 de Madrid, Carlos Ceballos Norte, ha desestimado íntegramente las medidas cautelares solicitadas por el presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, a cuenta de unas informaciones que publicó El Confidencial acerca de unas imagénes o capturas de pantalla de ‘WhatsApp’ hechas en enero de 2020. En varios de esos mensajes, Rubiales confesaba que quería que perdiera el Sevilla FC en un partido de liga contra el Real Madrid, así como su rechazo a otros equipos como el Villarreal FC y el Valencia CF. “A ver si nos cepillamos a los palangana, me caen mal”, aseveró. En un auto al que ha tenido acceso en primicia FUENTES INFORMADAS, Ceballos “no aprecia que exista intromisión ilegítima en el derecho al honor, ni en la intimidad personal o familiar del demandante”.

El juez alude a que las “expresiones” difundidas relacionadas con una “falta de imparcialidad” en la actuación del presidente de la RFEF son “de interés público”. Así, mantiene que “la evidente relevancia pública del demandante” provoca que “los juicios de valor que puedan deducirse de los artículos periodísticos y que (…) considera constituyen una intromisión ilegítima en su derecho al honor, no puedan considerarse arbitrarios o gratuitamente realizados”.

Por ese motivo, arguye que,”aunque se estimase injusta la opinión periodística que el actor [Luis Rubiales y su representación] deduce de las informaciones publicadas, la conducta de los demandados ha de entenderse amparada en el derecho a la libertad de expresión reconocida en el art. 20.1 a) de la Constitución”.

En cuanto a los fundamentos jurídicos de la decisión, el juez Ceballos se basa en la sentencia del Tribunal Supremo, sección 1ª, de la 25 de marzo de 2015, que argumenta que “la libertad de expresión, además de un derecho fundamental, desempeña una función institucional de garantía de una opinión libre, indispensable en una sociedad democrática”.

“Opiniones, consideraciones íntimas y preferencias personales” rechazadas

El denunciante, Luis Rubiales, interpuso el pasado 12 de octubre una denuncia a la empresa Titania Compañía Editorial S.L, adscrita al citado medio de comunicación, de carácter privado e íntimo que se han difundido en El Confidencial y otros medios. Rubiales pedía que cesara la publicación de estos mensajes por una vulneración del derecho al honor y la intimidad. Su motivación para esta petición era que “el objeto de la publicación” eran “opiniones, consideraciones íntimas y preferencias personales sobre equipos de fútbol” que habían sido “remitidas a un grupo de WhatsApp compuesto por familiares”. Por lo tanto, se habían dado “en la más estricta privacidad”.

El conflicto jurídico planteado se basa, según relata Ceballos, en “la colisión entre la libertad de información y el derecho al honor y a la intimidad”. El punto de partida que aprecia es que la libertad de información dado que “el carácter público” de Rubiales “no ha sido discutido”. De hecho el mismo Rubiales reconoció ser, conforme apunta el auto, “una persona que tiene la posición institucional […] en el ámbito del fútbol”.

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