Hoy: 23 de noviembre de 2024
El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido otorgar amparo a una profesora universitaria que fue víctima de abusos sexuales continuos por parte del Decano de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad de Sevilla. Destaca el derecho de la víctima a denunciar en cualquier momento, dentro del límite de la prescripción.
La Sala Segunda del Constitucional, mayoritariamente, ha aprobado la ponencia de su vicepresidenta, la magistrada Inmaculada Montalbán, que acoge el recurso de amparo presentado por la profesora universitaria afectada por los abusos, según se informó este lunes a través de una nota oficial.
El caso específico se remonta a diciembre de 2016, cuando el Juzgado de lo Penal número 2 de Sevilla condenó a Santiago Romero Granados, catedrático de educación física en la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad de Sevilla, a siete años y nueve meses de prisión.
El docente fue encontrado culpable de abusar sexualmente de tres profesoras del mencionado departamento, de manera continua, entre los años 2006 y 2010, período durante el cual ocupaba el cargo de Decano en dicha facultad.
Tres años después, en diciembre de 2019, la Audiencia Provincial de Sevilla revocó de manera parcial esa sentencia. Mantuvo los hechos probados y la condena por tres delitos de abusos sexuales continuados, pero redujo la pena de prisión a dos años y ocho meses, al aplicar una atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas en la tramitación de la causa.
Ahora, el Constitucional considera que la decisión de la Audiencia de Sevilla lesiona el derecho a la tutela judicial efectiva de la recurrente al responsabilizar a las víctimas del retraso en la tramitación de la causa por haber tardado aproximadamente dos años en denunciar los hechos.
Según la sentencia aprobada por mayoría de la Sala, esta conclusión es irrazonable y carece de base legal, porque lo previsto en el ordenamiento jurídico es que quien sea perjudicado por un delito tiene el derecho a denunciarlo en cualquier momento mientras no haya prescrito, algo que en este caso la propia sentencia de apelación descartó que hubiera pasado.